Hubo dos acusados por el Ministerio Público, en una causa de diciembre de 2022.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó a Moisés López Garcés a la pena única de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de dos delitos consumados de homicidio simple, cometidos en diciembre de 2022 en la ciudad penquista.
Además, en fallo unánime, el tribunal condenó al acusado Bastián Rubilar a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo en calidad de autor de un delito consumado de homicidio calificado (alevosía), ilícito perpetrado en la misma fecha y lugar. Sin embargo, absolvió por falta de acreditación a Rubilar Valdés de la coautoría en los dos delitos consumados de homicidio simple en los que resultó condenado López Garcés.
La Justicia dio por acreditado que, en la madrugada del 31 de diciembre de 2022, “(…) Moisés Aarón López Garcés y Bastián Andrés Rubilar Valdés ingresaron a la discoteca ‘La Fabrika’ (…). Una vez en el interior, siendo aproximadamente las 03:33 horas de la madrugada, en el sector destinado al público en la pista central de baile, Moisés Aarón López Garcés le propinó un golpe de puño a Heber Ignacio Monsalves Espinoza y a Pablo Nicolás Salamanca Segura; también estaba en el lugar Diego Andrés Alarcón Fernández. Intervienen los guardias de seguridad de la discoteca para controlar. López Garcés, faltando segundos para las 03:35 horas aproximadamente, sale del interior de la discoteca mencionada hacia la vía pública, transitando por calle Brasil en dirección a Colo Colo, siendo seguido por Pablo Nicolás Salamanca Segura y por Diego Andrés Alarcón Fernández”.
“En el frontis de la discoteca (…) Bastián Andrés Rubilar Valdés golpeó y botó al suelo a Heber Ignacio Monsalves Espinoza, le dio golpes de pies y puños en el cuerpo y efectuó un disparo en su contra. Se alejó un par de metros e de inmediato regresó al lugar donde estaba en el suelo herido Heber Ignacio Monsalves Espinoza, caminó hacia él y, en estas circunstancias, encontrándose la víctima en la indefensión en el suelo en posición decúbito dorsal, procedió nuevamente, sin riesgo para sí, a dispararle reiteradamente, provocándole la muerte por politraumatismo causado por proyectiles balísticos. Las heridas ocasionadas a Monsalves Espinoza fueron recientes, vitales y necesariamente mortales”.
“Acto seguido, Bastián Andrés Rubilar Valdés corrió a juntarse con su amigo López Garcés, llegando hasta las proximidades de calles Brasil con Colo Colo, de esta ciudad, lugar donde Moisés Aarón López Garcés, actuando con ánimo homicida, efectuó disparos en contra de las víctimas Pablo Nicolás Salamanca Segura y Diego Andrés Alarcón Fernández. Finalmente, Moisés Aarón López Garcés y Bastián Andrés Rubilar Valdés se dieron a la fuga del lugar en un automóvil marca Volvo, modelo V60, PPU JDRR-12 (mismo vehículo en el cual habían llegado al lugar), el cual presentó una falla mecánica, por lo que se bajaron del mismo, continuando su huida del lugar”, agrega la sentencia.
En el fallo también se detalló que “las víctimas Pablo Nicolás Salamanca Segura y Diego Andrés Alarcón Fernández resultaron fallecidas, el primero por politraumatismos causados por proyectiles balísticos y el segundo por traumatismo cardiaco, causado por proyectiles balísticos. Las heridas ocasionadas a ambas víctimas fueron recientes, vitales y necesariamente mortales”.
Ambos acusados quedaron absueltos del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego, “sostenido solo por el acusador particular, el Ministerio de Seguridad Pública, al no lograr acreditar el verbo rector (porte) atribuido en la acusación”, determinó el tribunal.