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Las sanciones que arriesgan los que dan mal uso a los estacionamientos para personas con discapacidad

Carabineros e inspectores municipales son los encargados de fiscalizar y cursar las infracciones.

Por: Daniela Salgado 13 de Mayo 2019
Fotografía: Isidoro Valenzuela M.

Los estacionamientos reservados para personas en situación de discapacidad, son espacios exclusivos y solo representan el 1% del total, por lo que el llamado es a respetarlos y hacer buen eso de éste.

Este espacio debe medir 5cm de largo por 2.5 de ancho, más una franja de maniobra de 1.1m de ancho que permita las maniobras de ascenso y descenso del automóvil.

Para hacer uso de este espacio se debe dejar la credencial de discapacidad al interior del vehículo, visible, en el costado inferior izquierdo del parabrisas delantero.

Se debe usar la Credencial de Discapacidad original. Las fotocopias o cualquier otro documento serán calificados como inválido, por lo que dará origen a una denuncia por mal uso e, incluso, como falsificación de instrumento público. El automóvil no requiere de señalización adicional.

Por ejemplo, la Cruz de Malta no es válida para acreditar discapacidad.

No es lo mismo exclusivo y preferencial

Los estacionamientos preferenciales están dirigidas a personas con movilidad reducida, pero que no necesariamente tienen discapacidad.

En esos espacios pueden ubicarse embarazadas, adultos mayores, personas con yeso, etc.

En cambio, los exclusivos, tal como dice su nombre, son solo para personas con discapacidad.

La fiscalización y sanciones

La ley de Tránsito establece multas para quienes han uso de dichos espacios, las que van de 1 a 1.5 UTM (más de $72 mil).

Carabineros e inspectores municipales son los facultados para fiscalizar y cursar las infracciones en la vía pública.

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