Carta al director

Ministerio de Familia y Desarrollo Social 2.0

Por: Diario Concepción 04 de Agosto 2018

El Código Político de nuestra República, en su primer artículo, justo inmediatamente después de reconocer que las Personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, expresa que la Familia es el núcleo fundamental de la Sociedad, ente básico de la asociatividad, y obliga al Estado a resguardarla y propender a su fortalecimiento.

La familia es donde el amor humano, de pareja, busca una consolidación estable en el tiempo para la consecución de un proyecto de vida en común. La unión de afecto filial que brinda protección, sustento y seguridad a sus integrantes y, muy especialmente a los niños en su etapa infantil.

El deber estatal de resguardar y de promover el fortalecimiento familiar constituye una consagración de su rol subsidiario, que apoya a los integrantes de la familia, cada vez que ella no puede brindar la seguridad y contención que requieren aquellos que la componen. Cumpliendo el mandato constitucional, el Gobierno ha fijado como objetivo primordial el apoyo y fortalecimiento de la familia.

La tarea que nos proponemos consiste en abrirnos paso hacia una nueva compresión integral de la vulnerabilidad, centrada no sólo en las personas, individualmente consideradas, sino también en sus familias. Por ello, el Presidente Piñera ha dado inicio a este camino firmando el proyecto de ley que transforma nuestro Ministerio de Desarrollo Social en el Ministerio de la Familia y Desarrollo Social.

El proyecto de ley no consiste en una modificación baladí del mero nombre del Ministerio, sino que constituye una profunda revisión a las atribuciones y funciones del nuevo Ministerio de Familia y Desarrollo Social.

El proyecto comprende importantes innovaciones sociales como la incorporación de las familias en riesgo de vulnerabilidad ante la ocurrencia de un evento familiar inesperado y grave, y la definitiva incorporación del enfoque familiar en las funciones del Comité Interministerial.

Se contempla, también, una importante novedad legislativa al definir el concepto de familia. Si bien, la aplicación de la definición es para efectos específicos de esta ley, ella se centra en la funcionalidad de la familia, distinguiendo a los sujetos que, unidos o no por vínculos de parentesco y/o por vínculos afectivos y apoyo mutuo, comparten un presupuesto de alimentación y un techo común, sin detenerse en la composición de sus integrantes.

Independiente de quienes integran la familia y de las distintas definiciones de la doctrina jurídica, ella contiene elementos que la hace única e insustituible: es el lugar donde nacen, se crían y se forman nuestros niños; es transmisora de virtudes y valores, es el primer centro de educación y es garantía de futuro. Finalmente, la familia es un bien para la sociedad.

Una familia fortalecida es el mejor medio para enfrentar dificultades de las sociedades modernas, como la soledad, la pérdida del sentido de la vida, el excesivo individualismo; la delincuencia, la drogadicción, la deserción escolar; el abandono de niños y de adultos mayores.

Alberto Moraga Kiel
Seremi de Desarrollo Social

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