Carta al director

Dos por ciento de solidaridad regresiva

Por: Diario Concepción 29 de Agosto 2017

Quiero detenerme en lo regresivo de la propuesta de un 2% “solidario” del sueldo de los empleados chilenos. Hay al menos tres razones que evidencian la regresividad de la medida. En primer lugar, analicemos la situación de aquellos profesionales independientes (doctores, abogados, etc.) y de los dueños del capital. Muchos de ellos no tienen contratos formales de empleo, y en su calidad de no empleados, no tienen obligación de cotizar (al menos hasta la Operación Renta 2019, y es probable que esta obligación se postergue nuevamente). Al no cotizar, tampoco tendrían que pagar ese impuesto “solidario”.

En segundo lugar, todos aquellos empleados que ganen sueldos mayores al sueldo imponible (dos millones de pesos) no pagarán el 2% “solidario” por la parte del sueldo que exceda al imponible. Aquellas personas pagarían una menor proporción de su sueldo para fines solidarios que los empleados con sueldo mínimo.

Y son justamente los empleados a sueldo mínimo los que ejemplifican la tercera razón. Aquellos empleos de menor calificación se verán seriamente afectados por un aumento de su sueldo en un 5% (sumándole el otro 3% obligatorio). Como en esas posiciones es más fácil sustituir trabajo por capital (por ejemplo, las nuevas estaciones del Metro de Santiago venderán los pasajes a través de máquinas), las empresas serán más sensibles a su aumento de precio y gran parte de los hasta 394 mil puestos de trabajo afectados producto de esta iniciativa vendrán de este subgrupo, y no de tramos de ingresos superiores.

En resumen, los que ganan más no están obligados a ser solidarios, y algunos de los que ganan menos, por estar obligados a serlo, pagarán con su puesto de trabajo. Solidaridad y justicia social parecieran ir por distintos caminos.

Javier Irarrazaval Lazcano
Académico Ingeniería Comercial
Universidad San Sebastián

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