Sin mucho ruido se aprobó un nuevo impuesto al incremento de valor del bien raíz. La tasa del impuesto es 10% y grava a cualquier persona o entidad en la venta de un bien en que se realice un cambio del plan regulador. Pero no se aplica, entre otros casos, a las ventas cuyo precio no exceda de 5.000 UF.
Esto, tras informe elaborado por el organismo que reveló cambios a niveles académicos y directivos. En tanto, surgieron críticas al compromiso propuesto desde el Mineduc en la materia.