Diario Concepción Radio UdeC TVU Noticias La Discusión
Política

Critican actuar del Gobierno ante revisión de reclusión de exjefe CNI de Concepción

La Corte de Apelaciones rechazó una petición por parte de quien fuera el jefe local de la Central Nacional de Informaciones, Jorge Mandiola. El oficial en retiro cumple pena de cárcel.

Por: Anibal Torres Durán 25 de Abril 2026
Fotografía: Isidoro Valenzuela M.

Con un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Concepción resolvió mantener en prisión  y rechazar su solicitud de arresto domiciliario al exjefe de la Central Nacional de Informaciones (CNI) en Concepción, el mayor de Ejército en retiro, Jorge Mandiola.

El exagente fue condenado -en 2024- a 15 años y un día como coautor del homicidio de cuatro miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) en 1984 en la “Operación Alfa Carbón”. En concreto, Mandiola solicitó cumplir la pena en su casa alegando su avanzada edad (75 años) y por padecer una serie de enfermedades como diabetes y trastornos del sueño producidos durante el encierro.

El proceso judicial estuvo marcado por la decisión del Gobierno del Presidente José Antonio Kast, donde Constanza Garrido, actual jefa del Programa de Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de Justicia, dejó sin patrocinio a Gabriel Ramos, abogado que pertenece al programa y que estaba en representación de los familiares de las víctimas del caso.

Mandiola había recurrido a la Justicia en un intento por dejar sin efecto la resolución del juez Waldemar Koch, quien en primera instancia desestimó modificar las condiciones de su condena. El magistrado sostuvo que su estado de salud “no reviste importancia para resolver el presente incidente”, concluyendo que el exagente debía permanecer privado de libertad.

En la decisión unánime del tribunal de alzada, de rechazar la solicitud, los magistrados argumentaron en su resolución que “no existen antecedentes que permitan justificar que la pena privativa de libertad a que fue condenado Mandiola Arredondo, esto es de quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo como autor de cuatro homicidios  calificados, por el solo hecho de ser mayor de 75 años (…) per se una afrenta a su dignidad, y que impida su atención integral”.

Asimismo, los ministros complementaron en su resolución que “es importante tener presente que en este caso no se trata de delitos comunes, sino de delitos de lesa humanidad y, conforme a ello, se debe poner especial atención si la resolución permite o no cumplir con las obligaciones del Estado referidas a la sanción proporcional y efectiva respecto de este tipo de hechos punibles, lo que conlleva una mayor exigencia para verificar las condiciones que lo permiten”.

Programa DD.HH.

En base a la plataforma del Poder Judicial, el lunes 20 de abril el abogado Gabriel Ramos se anunció en representación del Programa de Derechos Humanos. Sin embargo, horas más tarde, la jefa del mismo programa ingresó el documento para dejar “sin efecto el anuncio realizado por el abogado Gabriel Ramos Vieytes en la presente causa”.

Decisión del Programa de DD.HH. by Anibal Torres

Así el profesional quedó anulado de representar al programa en dicho caso y, en su defecto, a los familiares de las víctimas.

La audiencia para revisar la solicitud de Mandiola fue realizada este martes en la Tercera Sala de la Corte penquista, integrada por los ministros Hadolff Ascencio, Fabio Jordan y María Alejandra Ceroni. Al tribunal sólo acudió el abogado Patricio Robles, en representación de una de las víctimas.

Consultados por Diario Concepción, respecto de la decisión del programa, desde la Subsecretaría de Derechos Humanos aseguraron que aquello es adoptado en base a una revisión exhaustiva de antecedentes, afirmando que cada caso tiene condiciones particulares que deben ser consideradas.

“Las decisiones de apelar o no se adoptan tras una revisión exhaustiva de los antecedentes de cada causa, incluyendo informes técnicos y resoluciones judiciales. No existe una regla única, precisamente porque cada caso presenta condiciones particulares que deben ser evaluadas en su mérito”, indicaron.

Asimismo, desde la subsecretaría complementaron que “es importante reafirmar que el actuar del Programa se rige por la ley, protocolos institucionales y estándares técnicos. Las decisiones no responden a criterios discrecionales, sino a un análisis jurídico fundado, que es consistente con el carácter de política de Estado en materia de derechos humanos”.

Paralelamente, desde la Corporación Regional por la Memoria y los Derechos Humanos en Biobío se refirieron a este reciente fallo y señalaron que “las organizaciones de Derechos Humanos de Concepción valoran la decisión de la justicia en orden a rechazar la petición de cambio de pena de Jorge Mandiola, agente principal de la CNI regional y condenado por el llamado caso Alfa-Carbón”.

En tanto, sobre la decisión del Programa de DD.HH. de abstenerse de alegar en la audiencia, afirmaron que “lamentamos la ilegal orientación del Ministerio de Justicia que ordena a sus abogados a no participar en las apelaciones que les corresponde como defensores de las víctimas de violación de los Derechos Humanos dando una clara señal de respaldo a la impunidad de criminales de lesa humanidad”.

Condena de Mandiola

El exjefe de la CNI en Concepción fue condenado como coautor del homicidio de los militantes del MIR, Nelson Herrera Riveras, Luciano Aedo Arias, Mario Lagos Rodríguez y Mario Mujica Barros.

En marzo de 2024, la Corte Suprema ratificó el fallo de primera instancia que sentenció a Mandiola a 15 años de cárcel, condena que cumple en la cárcel de Casablanca, en Valparaíso.

Etiquetas

Notas Relacionadas