Política

Voto informado: lo que necesitas saber sobre Plurinacionalidad en la propuesta de nueva Constitución

Especial de Diario Concepción focaliza en concepto que incluye a pueblos originarios en texto que será sometido a plebiscito el 4 de septiembre. Miradas desde la academia.

Por: Diario Concepción 17 de Julio 2022
Fotografía: Diario Concepción

En materia de reconocimiento, la propuesta declara que Chile reconoce la coexistencia de diversos pueblos y naciones en el marco de la unidad del Estado. Son pueblos y naciones indígenas preexistentes los Mapuche, Aymara, Rapanui, Lickanantay, Quechua, Colla, Diaguita, Chango, Kawésqar, Yagán, Selk’nam y otros que puedan ser reconocidos en la forma que establezca la ley (artículo 5.1-2).

El artículo 1, por su parte, reconoce entre las características del Estado de Chile su carácter plurinacional e intercultural, expresión que, según la UNESCO, implica la presencia e interacción equitativa de diversas culturas y la posibilidad de generar expresiones culturales compartidas, a través del diálogo y del respeto mutuo.

El catálogo de derechos fundamentales, desarrollado en el capítulo 2 de la propuesta, contempla derechos de ejercicio colectivo de los pueblos y naciones indígenas, tales como derechos políticos, culturales, lingüísticos, al reconocimiento de sus instituciones, a la participación, y al ejercicio de derechos con pertinencia cultural, como ocurre en materia de salud y educación, y a la protección de sus tierras, recursos y propiedad.

Su participación en la institucionalidad estatal se contempla en algunos organismos de la propuesta de nueva Constitución, tales como el Poder Legislativo y el Consejo de Justicia, por medio de escasos reservados.

Las autonomías territoriales indígenas se reconocen en el contexto de la regulación del Estado Regional. Constituyen entidades territoriales donde los pueblos y naciones indígenas ejercen derechos de autonomía en coordinación con las demás entidades territoriales. La ley, creará un procedimiento oportuno, eficiente y transparente para la constitución de estas autonomías, además de establecer sus competencias.

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