Política

Las definiciones del nuevo “Estado Regional”

Una serie de cambios en la administración política de las regiones incluye la normativa aprobada por la comisión de Formas de Estado. La iniciativa incluye la creación de una Asamblea Legislativa Local y la asociatividad entre regiones para crear empresas públicas.

Por: Marcelo Castro 14 de Febrero 2022
Fotografía: Isidoro Valenzuela

Avanza el debate al interior de la Convención Constitucional y una de las primeras normativas que se aprobó tanto en general como en particular atañe a las regiones.

Ya que la comisión de Formas de Estado aceptó avanzar hacia un Estado regional, plurinacional e intercultural, conformado por entidades territoriales autónomas.

De acuerdo al texto, se trata de buscar principios de equidad y solidaridad entre entidades territoriales. En este sentido, el Estado queda organizado en regiones y comunas autónomas; así como autonomías territoriales indígenas y territorios especiales. Las primeras tres tendrán la característica común de “personalidad jurídica, estatuto y patrimonio propio, con las potestades y competencias necesarias para autogobernarse, teniendo como límite el interés general y la delimitación de competencias establecidas de acuerdo con la Constitución y la ley”.

En palabras simples, podrán tener representación judicial y extrajudicial, lo que les permitiría establecer contratos.

La convencional Tammy Pustilnick, quien es propulsora de la iniciativa, explicó que “estamos presentando una nueva forma de Estado, donde existen tres ejes centrales: autonomía, mayor control y desarrollo local. Esto favorecerá la adopción de políticas mejor informadas y adaptadas a las necesidades de cada territorio, haciéndose cargo de las demandas democratizadoras de la ciudadanía”.

Pero, ¿qué pasará con este nuevo ente que es la Asamblea Legislativa Regional, y cómo se diferencia del Consejo Regional (Core)?

El coordinador de la comisión de Formas de Estado, Adolfo Millabur, dijo que “el Core actual mantiene muy pocas atribuciones y con los nuevos entes buscamos potestades legislativas, fiscalizadoras y resolutivas, que son cosas que hoy no existen, se entregan poderes que hoy no existen”.

“A diferencia del actual Core, los representantes que sean electos para este órgano tendrán iniciativa para proponer legislación aplicable en la Región, conforme a las competencias legislativas que finalmente se determinen en el texto constitucional, es decir, tendrán mayor incidencia en el devenir de la Región que la que tienen actualmente los Cores”, sostuvo la vicepresidenta adjunta, Amaya Alvez.

Bastián Labbé, que si bien ahora se encuentra en la comisión de Derechos Fundamentales, perteneció en su minuto a esta comisión, agregó que “se reemplazaría la función del Core, ya que ellos sólo pueden votar las propuestas del gobernador, por lo que la asamblea pasa a ser un verdadero contrapeso del gobernador. Se potencia la cercanía que puede existir desde el poder político a las comunidades”.

¿Estado Federal?

Una de las dudas que surge al hablar de autonomías regionales es independencia y que se apunta a un federalismo.
Lo anterior es descartado Tammy Pustilnick, ya que “el Estado Regional es una forma intermedia entre el Estado unitario y el Estado federal: por una parte, en el Estado federal, son los estados los que deciden ceder parte de sus atribuciones, mientras que en el Estado regional, es el Estado central el que cede a las entidades subnacionales parte de sus competencias, sin perjuicio de las competencias propias de cada entidad”.

Adolfo Millabur agregó que “no estamos hablando de un Estado Federal, ya que el estado central entrega potestades a las regiones, pero se mantiene el Estado unitario”.

Mientras que Amaya Alvez aclaró que “en esta propuesta se consagran atribuciones legislativas para las Regiones, pero dentro de un marco común dado por la legislación nacional. Tampoco se contemplan policías ni sistemas judiciales regionales, como sí ocurre en el federalismo”.

A la vez que Bastián Labbé, apuntó a que “se está buscando terminar con la tutela de Santiago, acá no se fragmenta el Estado, ya que se mantiene una sola constitución y las asambleas regionales son de índole regionales. Se termina el tener un centro político no con la unidad territorial del país”.

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