Política

Respuestas a algunas dudas que genera el Plebiscito

¿Qué documentación se necesita para votar? ¿Es obligatorio acudir? ¿Qué pasa en comunas con cuarenta? Acá zanjamos estas y otras interrogantes del proceso.

Por: Diario Concepción 11 de Octubre 2020
Fotografía: Raphael Sierra

En los últimos días, particularmente por la situación de pandemia, han sido varias las interrogantes que han surgido sobre el proceso de cara al Plebiscito del 25 de octubre. En efecto, en la provincia de Concepción la duda se instaló luego de que circulara una versión referida a un permiso especial para que los habitantes de comunas en cuarentena o en transición pudieran ir a votar.

No obstante, durante los últimos días, las autoridades han confirmado y reiterado que no será necesario portar un permiso especial para sufragar. Bastará concurrir al local de votación con la cédula de identidad. Por cierto, si el mismo día de la votación, usted desea ir de compras, tendrá que tener la correspondiente documentación que habitualmente se solicita en el sitio “Comisaría Virtual”.

Pero hay otras preguntas que son recurrentes, aquí algunas de ellas y sus respuestas.

¿El sufragio para en el presente proceso es voluntario u obligatorio?” El sufragio es personal, igualitario, secreto y voluntario.

Si me toca trabajar el día del Plebiscito, ¿podré ir a votar?” La ley establece que en el caso de labores que deban realizarse necesariamente ese día, los trabajadores deberán contar con una ventana de dos horas para ir a sufragar.

¿Se puede votar con la cédula de identidad vencida?” Sí, se aceptan cédulas que se encuentren vencidos dentro de los 12 meses anteriores al Plebiscito, para el sólo efecto de identificar al elector. Si alguien extravió dicha identificación, no podrá votar, a menos que tenga pasaporte (no se puede votar con el comprobante de la cédula de identidad en trámite).

Etiquetas