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Proyecto califica el no pago de pensión alimenticia como violencia intrafamiliar

Por: Erasmo Tauran 18 de Octubre 2019
Fotografía: Archivo | Pixabay

A un paso de su despacho desde la Comisión de Familia quedó el proyecto que modifica la ley sobre violencia intrafamiliar, sancionando como maltrato habitual el incumplimiento reiterado del pago de la pensión de alimentos.

La comisión ya aprobó el corazón del proyecto: tipificar la morosidad reiterada en el cumplimiento de esta obligación, como violencia intrafamiliar, informó la sala de prensa de la Cámara de Diputados.

El presidente de esta instancia legislativa, diputado Luis Rocafull (PS), valoró el consenso alcanzado al interior de la comisión, y señaló que calificar dicho incumplimiento como violencia “está en sintonía con la protección de los derechos humanos porque es, en la práctica, negar a un niño su alimento y su subsistencia”.

Los parlamentarios aprobaron además un artículo que crea un registro nacional de deudores de alimentos, quienes de esta forma serán incorporados al registro de violencia intrafamiliar.

A juicio de la diputada Natalia Castillo (RD), es muy importante porque “se caracteriza al no pago de alimentos como una forma de violencia que no solo se ejerce contra la persona que es la madre o el padre de los hijos, sino que también sobre los niños”.

En tanto, el diputado Eduardo Durán (RN) destacó la importancia de avanzar en este proyecto, porque “se da más garantías para que esta obligación se pueda cumplir con rigurosidad y que no existan evasivas ni artilugios, para que una persona incumpla este deber tan importante”.

Cabe agregar que en la oportunidad también se aprobó, entre otros puntos, un artículo que establece la prohibición de optar a cargos públicos a los deudores morosos del pago de pensión.

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