Opinión

Preparándose para la Operación Renta 2022

Son varias las situaciones que hay que tener presente para este nuevo proceso de Operación Renta y conviene estar preparado para no encontrarse con sorpresas desagradables en el mes de abril.

Por: Diario Concepción 26 de Enero 2022
Fotografía: Cedida

Mauricio Pérez Wilson
Experto tributario.

Ya terminó el año comercial 2021 y las empresas están de lleno trabajando en el cierre del balance, analizando resultados y confeccionando el reporte de gestión. Pero este cierre y análisis no es sencillo pues requiere estimar también los impuestos que deberán pagar en el mes de abril, y este año se presentan diversas variables que pueden tener impacto en la declaración de renta anual. Por ejemplo:

i) El tipo de cambio cerró el año 2020 en $710,95 y el año 2021 en $844,69, es decir, un aumento de casi 19%. El impacto que puede tener esto en el resultado tributario dependerá de la posición de activos y pasivos que tenga la empresa. Si sus activos son mayoritariamente en dólares, entonces es probable que se genere una utilidad relevante por diferencia de cambio. Por el contrario, si tienen más pasivos en dólares, entonces es posible que genere una pérdida por el mismo concepto.

ii) La variación de IPC para el año 2021 fue 6,7%. Por tanto, todas las empresas que tributan por renta efectiva determinada con contabilidad completa del artículo 14 letra A deberán aplicar ajuste por corrección monetaria a su activo fijo, existencia, inversiones nacionales, patrimonio y otras cuentas no monetarias, por un factor de IPC que es considerablemente mayor al del año anterior.

iii) Este año continúa vigente el beneficio para depreciar instantáneamente la adquisición de bienes físicos del activo inmovilizado, nuevos o importados. Es opción del contribuyente aplicarlo para todos o algunos de sus bienes –o ninguno–, lo cual tendrá impacto en la base imponible para el pago de impuesto corporativo.

iv) Las PYME mantienen para este año el beneficio de aplicar una tasa del 10% por impuesto de primera categoría. Eso sí, para ser considerada como PYME debe cumplir con los requisitos del artículo 14 letra D de la LIR, y especialmente preocuparse de sumar debidamente los ingresos de las entidades relacionadas (pues se computan para determinar los límites).

v) El SII ya publicó las fechas y plazos para la presentación de las declaraciones juradas del AT 2022. Una de las novedades es que la DJ 1948 (retiros y dividendos) tiene fecha distinta de presentación dependiendo si se trata de un empresario individual, sociedad anónima, sociedad con socios personas naturales o sociedad con socios personas jurídicas.

Como verá, son varias las situaciones que hay que tener presente para este nuevo proceso de Operación Renta y conviene estar preparado para no encontrarse con sorpresas desagradables en el mes de abril.

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