Opinión

El camino para superar la igualdad formal: Constitución con perspectiva de género

Hasta ahora, la Constitución de 1980, establecía una igualdad de carácter formal al señalar que “las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos” y que “hombres y mujeres son iguales ante la ley”, no reconociéndose el principio de no discriminación.

Por: Diario Concepción 13 de Noviembre 2020
Fotografía: Cedida

Kimberly Iglesias
Colectiva – Justicia en Derechos Humanos
Corporación y Oficina Jurídica.

El pasado 25 de Octubre en una votación histórica, nuestro país decidió aprobar la redacción de una Nueva Carta Fundamental, eligiendo además el órgano encargado de su redacción: la Convención Constitucional, la cual estará formada por 155 convencionales constituyentes de las cuales se asegura que un 45% a 55% sean mujeres.

Lo anterior, es esencialmente importante si consideramos que las mujeres constituimos el 51% de la población y que además, seremos el primer país del mundo en redactar una Carta Fundamental con paridad de género, lo que nos sitúa como pioneros en esta materia.

Hasta ahora, la Constitución de 1980, establecía una igualdad de carácter formal al señalar que “las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos” y que “hombres y mujeres son iguales ante la ley”, no reconociéndose el principio de no discriminación. En los hechos, esta consagración de igualdad no ha sido suficiente para garantizar una igualdad sustantiva y muy por el contrario, solo ha contribuido a mantener y reproducir las relaciones de poder, potenciando la discriminación estructural de que han sido víctimas las mujeres. Luego, desde la interseccionalidad, esta discriminación se acrecienta, cuando confluyen otras categorías, sufriendo discriminación no solo por ser mujeres sino que además por ser mujeres indígenas, migrantes, etc. Frente a este paradigma, la perspectiva de género abre la posibilidad de establecer una forma equitativa de oportunidades en la discusión política-ciudadana de nuestro país.

De esta manera, el incorporar este enfoque como principio rector en el nuevo texto fundamental, nos permitirá permear y restructurar, aquellos ámbitos en los cuales las mujeres han sido especialmente discriminadas: la responsabilidad familiar, el trabajo no remunerado, la forma en que se entiende la naturaleza y el medio ambiente, la no consagración de sus derechos sexuales y reproductivos, entre otras. Siendo importante considerar además, la manera en que nuestra nueva Carta Fundamental, dialogará y recepcionará los estándares de Derechos Humanos, consagrados especialmente en instrumentos internacionales como la Convención sobre la eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer y la Convención Belem do Pará, los cuales en términos generales, llaman a la eliminación de prejuicios y prácticas basadas en la idea de superioridad o inferioridad de cualquier sexo.

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