El incumplimiento por parte de los ciudadanos de las medidas impuestas, derivado, en parte, de la falta de legitimidad de la clase política antes referida, obliga a que sean los tribunales quienes deban sancionar cuestiones que, en una sociedad en la cual las personas actuaran en forma socialmente responsables, no debieran nunca llegar en forma masiva al conocimiento de un tribunal.
Beatriz Larraín Martínez
Manuel Campos Díaz
Profesores de Historia y Filosofía del Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción
Desde el inicio de la pandemia hemos visto como se ha entregado la resolución de problemas relacionados con la Covid-19 a los tribunales de justicia. Acciones de protección solicitando la imposición de cuarentenas, cordones sanitarios u otras medidas para proteger salud pública, para dejar sin efecto interpretaciones de la Dirección del Trabajo sobre el concepto de fuerza mayor, querellas contra quienes vulneran los Toques de Queda impuestos por el estado de excepción o las cuarentenas sanitarias impuestas a quienes son diagnosticados o son sospechosos de Covid-19, entre otros.
Lo anterior ha producido el problema de la “judicialización de la pandemia”, con dos caras: por una parte, la transferencia de cuestiones de política pública al conocimiento de los tribunales y, por otra, el que los tribunales asuman como institución encargada de perseguir y castigar a quienes no son capaces de respetar las medidas impuestas por la autoridad sanitaria.
En el caso de la primera, se trata de cuestiones que debieran ser resueltas en el marco del proceso democrático, por los órganos legislativos o ejecutivo, ya que al tratarse de cuestiones de política publica deben ser abordados con criterios de oportunidad política y análisis de costo beneficio, y no necesariamente de legalidad, como lo hacen naturalmente los tribunales. Esta transferencia de competencias a los tribunales de justicia, más cuando es llevada adelante por los propios actores políticos que no pueden enmarcar las demandas sociales dentro del proceso democrático, sólo contribuye al debilitamiento de la imagen de la clase política por parte de la ciudadanía y a tensar aún más la relación entre derechos fundamentales y democracia, por cuanto obliga a que los tribunales resuelvan cuestiones de política pública bajo la óptica de los derechos fundamentales.
En el caso de la segunda cara, el incumplimiento por parte de los ciudadanos de las medidas impuestas, derivado, en parte, de la falta de legitimidad de la clase política antes referida, obliga a que sean los tribunales quienes deban sancionar cuestiones que, en una sociedad en la cual las personas actuaran en forma socialmente responsables, no debieran nunca llegar en forma masiva al conocimiento de un tribunal.