Opinión

Trabajo subordinado en tiempos de pandemia (II)

Es fundamental, se desplieguen los esfuerzos necesarios y se adopte un compromiso firme en orden a respetar las jornadas de trabajo y el derecho a desconexión.

Por: Diario Concepción 23 de Mayo 2020
Fotografía: Françoise Etcheberry Parés

Françoise Etcheberry Parés
Profesora de Derecho Laboral UdeC

A pesar de que la ley consagra expresamente el “derecho a desconexión” (en la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia, tema que fue abordado en la primera parte de este artículo), la realidad que observamos hoy, en medio de esta crisis, dista mucho del espíritu y el deseo de la norma. Nuestros teletrabajadores, actualmente, se someten a extensas jornadas que superan el límite legal y/o contractual, debiendo conciliar, además, los requerimientos laborales con las responsabilidades familiares y domésticas que les impone el confinamiento, y en no pocos casos, en espacios reducidos. En este escenario de precariedad laboral que enfrentamos, si bien resulta esencial mantener las fuentes de empleo, este fin no justifica intensificar la subordinación del trabajador, aceptando someterlo a intromisiones en su vida privada y a mayores exigencias, requerimientos, controles y fiscalizaciones del empleador, por sobre las exigencias normales propias de su contrato de trabajo.

Así resulta, entonces, fundamental, se desplieguen los esfuerzos necesarios y se adopte un compromiso firme en orden a respetar las jornadas de trabajo y el derecho a desconexión, de lo contrario, se podrían incurrir en prácticas laborales indeseables, en vulneración de derechos los fundamentales del trabajador, dada la intrusión en su vida privada en clara violación de su derecho a la intimidad y, más grave aún, en la afectación a su vida y salud, tanto física como psíquica, en clara infracción a la obligación de seguridad que debe cumplir el empleador, la que le impone el deber de tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores, deber de cuidado, que cobra relevancia también en el trabajo a distancia.

Los esfuerzos ante este complejo escenario laboral que vivimos han de hacerse en conjunto, por la autoridad fiscalizadora, el trabajador y el empleador, en una comunidad de intereses, actuando colaborativamente y de buena fe, para evitar la precarización de los servicios y derechos de los trabajadores, asumiendo todos una conducta acorde con la responsabilidad social y respeto a la dignidad que el bien común nos impone como integrantes de nuestra sociedad.

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