Opinión

Nuevas propuestas ante nuevas circunstancias

Es relevante acordar que el diálogo sea sin calculadora en mano, buscando los consensos, con una amplia participación de los sectores que integran la sociedad civil y, en especial, de la ciudadanía.

Por: Diario Concepción 26 de Diciembre 2019
Fotografía: Diario Concepción

Mariela Rubano Lapasta
Docente
Universidad San Sebastián

Si observamos los antecedentes constitucionales, encontramos dos grandes constituciones, 1833 y 1925.

Con posterioridad, se plantea la necesidad de modificar la Constitución de 1833, estas reformas terminan con un conjunto de disposiciones, por ejemplo, la eliminación de la reelección del Presidente de la República, cambios que ocurrieron en 1870.

Luego de la Revolución de 1891 contra Balmaceda, se cambió de un régimen presidencial a uno parlamentario.

En el año 1925 se dictó una nueva Constitución, en 1943 fue modificada bajo la presidencia de don Juan Antonio Ríos.

En 1989 se introducen algunos cambios en el inciso 2°, artículo 5° de la Constitución al incorporar a los tratados internacionales sobre derechos humanos como límite al poder soberano del Estado. Asimismo, se eliminó el pluralismo ideológico restringido; sobre procedimientos agravados de reforma constitucional y sobre veto absoluto; la facultad presidencial para disolver, por una sola vez, a la Cámara de Diputados.

El marco constitucional que rige en el país actualmente es la Constitución de 1980, que entró en vigencia el 11 de marzo de 1981. El 11 de septiembre de 1980, el nuevo texto constitucional fue aprobado por una amplia mayoría de chilenos, aunque el plebiscito se realizó sin registros electorales, sin acceso de la oposición a los medios de comunicación y sin control de ningún tipo sobre el acto.

Fue elaborada por una Comisión de Estudio, luego con el asesoramiento del Consejo de Estado y finalmente fue examinada por la Junta de Gobierno y sometida a plebiscito.

En el año 2005 durante la presidencia de Ricardo Lagos Escobar se aprobó una reforma constitucional muy relevante porque elimina los enclaves autoritarios, restituye la facultad del Presidente de la República para remover a los altos mandos de las Fuerzas Armadas mediante decreto supremo fundado, consagrando una inamovilidad relativa; desaparecen los senadores designados y vitalicios, el Consejo de Seguridad Nacional, se introducen modificaciones a la composición e integración del Tribunal Constitucional, entre otros temas.

En síntesis, desde los inicios como República, cada cierto tiempo, ha operado un cambio constitucional, destacando las reformas de 1989 y 2005.

Cabe preguntarse, ¿es posible debatir entre todos y todas una nueva constitución? Más que discutir sobre el mecanismo (Convención Constitucional ciudadana: integrada con 100 % de representantes elegidos o por una Convención Constitucional mixta: integrada por 50 % de parlamentarios más 50 % de delegados electos) o Convención de expertos, se plantea la interrogante que sistema electoral se debe aplicar para la elección de los representantes, considerando necesario un mecanismo proporcional de elección directa.

Es relevante acordar que el diálogo sea sin calculadora en mano, buscando los consensos, con una amplia participación de los sectores que integran la sociedad civil y, en especial, de la ciudadanía.

Estamos viviendo un nuevo ciclo social y político donde lo central es crear instituciones democráticas que establezcan mayor participación ciudadana, formar en ciudadanía, crear un nuevo ciclo económico que se traduzca en mejorar la distribución del ingreso y un nuevo orden social para dar soluciones a las demandas sociales de los sectores más vulnerables, todo ello requiere un nuevo rol del Estado y con una efectiva igualdad de oportunidades.

Concluyendo, se requiere un nuevo consenso institucional, con la esperanza de estar a la altura de este gran desafío, dejando de lado los intereses partidistas y mirar al futuro.

Etiquetas