Editorial

Gobiernos regionales y descentralización real

Las reformas legislativas en materia de descentralización son más tímidas de lo que esperan las regiones. Sin el traspaso de atribuciones, competencias y recursos de disposición local, el centralismo seguirá sobreponiéndose a las aspiraciones de construir un Chile realmente descentralizado.

Por: Editorial Diario Concepción 15 de Enero 2021
Fotografía: Isidoro Valenzuela M.

En diciembre el Senado comenzó a analizar el proyecto de “ley corta” que busca implementar el proceso de descentralización del país. Es importante que la Alta Cámara acelere el trámite de la futura normativa antes de la llegada de los gobernadores y gobernadoras regionales, quienes deberán asumir sus cargos el 10 de junio.

Ese proceso de descentralización establece un nuevo diseño institucional para los poderes de cada región. De partida, un nuevo marco de relacionamiento entre el gobierno regional y los servicios públicos a partir de la suscripción de convenios. El gobernador o gobernadora regional serán superiores jerárquicamente de los directores de los servicios públicos regionales que se creen por ley, según las necesidades y particularidades de cada territorio. A las regiones se traspasan organismos como Fosis, Sercotec y Corfo, entre otros. La “ley corta” en trámite por el Senado también busca establecer una mayor interacción entre la Gobernación y los municipios para la gestión de asignación de recursos.

Es imperioso dotar a los gobiernos regionales de poder de decisión y resolución de los problemas locales. Lo que se espera del proceso de descentralización es que se reparta el poder real a los territorios para que no sigan dependiendo de decisiones que emanan desde la capital del país.

Sin embargo, el proyecto de ley corta para la descentralización padece de cambios reales en materia de distribución de los poderes. Es el caso de las atribuciones del gobernador o gobernadora y del delegado presidencial. La primera autoridad será elegida por voto, en elección que se realizará el 11 de abril. La segunda autoridad será designada por la Presidencia de la República, replicando la forma en que hoy se elige al titular para las intendencias. Gran parte de las atribuciones y competencias del delegado presidencial son exclusivas, mientras que la autoridad regional elegida por la ciudadanía deberá compartir sus atribuciones y competencias con el Consejo Regional. Las autoridades en las secretarías regionales ministeriales también dependerán del delegado, y no del titular de la Gobernación.

Las reformas legislativas en materia de descentralización son más tímidas de lo que esperan las regiones. Sin el traspaso de atribuciones, competencias y recursos de disposición local, el centralismo seguirá sobreponiéndose a las aspiraciones de construir un Chile realmente descentralizado.

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