Editorial

Prolegómenos de una descentralización más virtual que efectiva

Si no se ha pensado bien, si es necesario empezar ahora a considerar las posibilidades. Entonces es claramente prematuro tanto jolgorio, ya que en términos prácticos todo está como siempre, autoridades regionales sin autonomía ni atribuciones.

Por: Diario Concepción 24 de Diciembre 2016

Hay una figura del manejo psicológico en la infancia, que se puede describir como "dar en fantasía lo que no puede darse en realidad", consiste en dar, mediante la imaginación, recompensas y obsequios a los niños, al mismo tiempo que se les explica que siendo eso lo que se desearía hacer, por el momento, no es factible. 

En muchas oportunidades esto consuela a los pequeños, que no lo perciben como una negativa rotunda, sino como una aceptación de deseo legítimo, que el adulto quiere satisfacer, pero por el momento, no puede. Es posible que opere exitosamente en niños pequeños, a título de consuelo. No en los más crecidos o maduros, que no aceptan en cambio a sus deseos nada que no sea la total satisfacción de la solicitud original. 

Con similar aproximación, solo que rodeada de otros atributos, como referentes mayores a la constitucionalidad nacional y alusiones a un programa en segura ruta a su total cumplimiento, se ha aprobado, con muestras un tanto desmedidas de entusiasmo parlamentario, el informe de la Comisión Mixta con que se resolvieron las divergencias aparecidas en la tramitación y que hacen posible la elección directa de intendentes o gobernadores regionales.

En efecto, el proyecto, que fue despachado hace un par de días por el Congreso, establece que estos gobernadores serán nombrados a través de elección democrática, con una mejora a la propuesta anterior, ya que el texto original exigía un 50% de los votos para elegir a una autoridad y con una indicación del Gobierno se bajó el umbral a un 40%. Como se sabe, el cargo tiene una duración de cuatro años, con la posibilidad de una reelección.

Con igual sentimiento de satisfacción se incluyó la figura del "delegado presidencial" a nivel regional, un cargo elegido libremente por el Presidente de la República que será su representante local. Entre las funciones de este personero, se enumeran varias cuya precisión, alcance y reales atributos están por conocerse, mientras tanto, se establece la competencia para la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Ejecutivo.

Como se suele expresar coloquialmente, hasta ahí vamos bien. Terminados los aplausos, entregado este obsequio a las aspiraciones de descentralización, se espera que no se transforme en el tipo de maniobras, descritas al inicio, del juego entre la fantasía y la realidad, porque esta resolución es inútil, si no va acompañada de dos iniciativas paralelas y artificialmente separadas, ya que no se concibe la una sin las otra; la ley orgánica de elecciones y la ley de competencias.

Es posible que los parlamentarios estén auténticamente involucrados y con la voluntad política de proseguir sin interrupciones y demoras la tramitación de las leyes faltantes, pero podría ser, por experiencias similares y recientes, que se entre en los insondables recovecos que postergan por años las resoluciones más importantes, es decir, dejar en claro las atribuciones de los dos cargos recién creados y su eventual interacción. 

Si no se ha pensado bien, es necesario empezar ahora a considerar las posibilidades. Entonces es claramente prematuro tanto jolgorio, ya que en términos prácticos todo está como siempre, autoridades regionales sin autonomía ni atribuciones, solo se ha intentado otorgar en fantasía lo que no se quiere entregar en realidad.

 

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