Durante el 18 y 19 de septiembre es obligación legal exhibir la bandera chilena. Aprenda cómo instalarla de forma horizontal o vertical y cuáles son las multas de Carabineros por no cumplir la normativa.
• El uso de la bandera chilena es obligatorio en todos los edificios públicos y privados durante las jornadas del 18 y 19 de septiembre.
• Tanto en posición horizontal como vertical (colgada en ventana), la estrella siempre debe quedar en la esquina superior izquierda, mirada desde el frente.
• Para quienes viven en departamentos, no es obligatorio ponerla de forma individual si la administración del edificio ya instaló una en el acceso o mástil principal.
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Durante el mes de septiembre, la bandera chilena se convierte en el símbolo principal de las Fiestas Patrias. Sin embargo, su exhibición no solo representa una tradición, sino también una obligación legal. Hacerlo de forma incorrecta o simplemente no izarla durante los días establecidos puede derivar en sanciones económicas.
Si bien la legislación actual permite utilizar el pabellón patrio de manera voluntaria durante todo el año, su uso es estrictamente obligatorio durante las jornadas del 18 y 19 de septiembre en todos los edificios, tanto públicos como privados.
La fiscalización de esta normativa está a cargo de Carabineros de Chile. Quienes no cumplan con la obligación de instalarla o exhiban el emblema de manera incorrecta se exponen a multas que oscilan entre 1 y 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
Esto se traduce en sanciones económicas que van desde los $71.000 hasta los $358.000, aproximadamente, monto final que será determinado por el juez de Policía Local respectivo.
La estrella debe quedar en la esquina superior izquierda, mirada desde el frente (es decir, desde la perspectiva de quien la observa desde la calle).

Crédito | Gobierno de Chile | Archivo
Al igual que en la posición anterior, la estrella debe ubicarse en la esquina superior izquierda, mirada desde el frente.

Crédito | Gobierno de Chile | Archivo
El asta debe ser obligatoriamente de color blanco y la bandera tiene que estar izada en el tope superior.

Crédito | Gobierno de Chile | Archivo
Junto a otras banderas: Si se exhibe junto a pabellones extranjeros, el emblema nacional no debe ser de un tamaño inferior a los demás ni quedar situado a menor altura.
La regulación contempla una excepción práctica para quienes residen en edificios o conjuntos habitacionales. Si la administración del condominio realiza un embanderamiento institucional en el acceso o en el mástil principal del recinto, no es obligatorio que cada propietario u ocupante instale una bandera individual en su balcón o ventana.
La legislación chilena permite a los ciudadanos exhibir voluntariamente la bandera nacional durante todo el año, sin necesidad de solicitar una autorización especial. La única condición legal en estos casos es mantener el respeto por el símbolo patrio y asegurar que la tela se encuentre limpia y en buen estado de conservación.