La Corte de Concepción rechazó el recurso de apelación presentado por un estudiante universitario y confirmó la resolución adoptada por la Universidad Andrés Bello (UNAB), que decretó su expulsión de la carrera de enfermería por haber publicado en redes sociales imágenes creadas con inteligencia artificial (IA) relativas a amenazas de tiroteo en la casa de estudios.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada descartó actuar ilegal o arbitrario de la institución educativa, al resolver la expulsión del recurrente, por infringir gravemente el reglamento de convivencia estudiantil.
“Que aparece del mérito de los antecedentes (…) que el 9 de abril del año en curso, la dirección del campus Concepción de dicha casa de estudios superiores, presentó una denuncia ante dicha universidad, informando que el día anterior se había tomado conocimiento de diversos rayados efectuados en los baños del referido campus, los cuales contenían frases tales como: ‘Tiroteo 10 Abril’, ‘Tiroteo viernes 10 Abril’, ‘Tiroteo viernes 10’, ‘Viernes 10 Abril todos morirán’”, consigna el fallo.
La resolución agrega que “debido a la gravedad de los rayados denunciados, la recurrida, aplicó sus protocolos de seguridad, procediendo a efectuar la correspondiente denuncia ante Carabineros de Chile, adoptando, además, diversas medidas internas destinadas a resguardar la seguridad de la comunidad universitaria. Al día siguiente se recibieron nuevos antecedentes remitidos por la Dirección del campus Concepción –los cuales, a su turno, fueron denunciados por los propios estudiantes de la universidad recurrida–, informándose que el 9 de abril habían recibido publicaciones efectuadas por el recurrente de autos en su cuenta de Instagram. Específicamente, se acompañaron dos imágenes en las que se aprecia al referido estudiante vistiendo un casco y un chaleco antibalas, además de exhibir numerosos cartuchos de balas, y en una de las publicaciones contenía la frase ‘Outfit para mañana’”.
En detalle, se determinó que sí concurrieron las infracciones previstas en los artículos 6° letra d) y 7° letra f), ambos del Reglamento de Conducta para la Convivencia Estudiantil, además de una infracción a lo previsto en el artículo 89° del Reglamento del Alumno de Pregrado, resolviendo como sanción la expulsión del recurrente de autos de la Universidad Andrés Bello, campus Concepción, decisión que no fue apelada por el sancionado, quien optó por deducir el presente recurso de protección.
“La decisión adoptada por la universidad recurrida se ajusta íntegramente al marco normativo interno, habiéndose cumplido con todos los protocolos aplicables en el marco de una investigación sumaria, en la que el recurrente fue oído y tuvo la posibilidad de rendir probanzas, así como ejercer recursos, no haciendo esto último”, releva el fallo.