En fallo unánime, la Duodécima Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de nulidad deducido por Farmacias de Similares Chile SA,
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad deducido por la sociedad Farmacias de Similares Chile SA (Dr. Simi), en contra de la sentencia que confirmó la multa por 60 UTM que le aplicó la Inspección Comunal del Trabajo por no haber suprimido factores de riesgo ni cumplido con las medidas preventivas, indicadas por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en orden a mantener en buenas condiciones sistema de ventilación del corpóreo utilizado por trabajadores en horario de máximo calor.
Según los antecedentes, el 15 de febrero de 2024 los trabajadores desarrollaron sus labores de uso de botarga -como se le llama a este tipo de corpóreos- en las horas de mayor calor durante el día, esto es, entre las 16:00 y 17:00 horas.
Desde la cadena de farmacias, representada por Felipe Sims Boccanegra, interpusieron un recurso de nulidad fundado en que “la sentencia se habría dictado con omisión a lo dispuesto en el
artículo 16, inciso primero, de la Ley N° 19.880”.
“Que, según se desprende del propio recurso de nulidad deducido por la reclamante, el fundamento es que se habría infringido el principio de transparencia o publicidad establecido en el artículo 16, inciso primero, de la Ley Nº19.880, esto es, la obligación de realizar el procedimiento administrativo con transparencia y de manera que permita y promueva el conocimiento y fundamentos de las decisiones que se adopten en él, según se desprende expresamente de la página 7 del escrito. Agrega que se trata de una disposición que impone a los órganos administrativos la obligación de fundamentar adecuadamente sus decisiones y, en particular, sus sanciones”, plantea el fallo.
La resolución, agrega que “no haber suprimido los factores de peligro en el lugar de trabajo, no dando cumplimiento a las medidas preventivas concretas indicadas por el Ministerio del Trabajo, al no mantener en buenas condiciones el ventilador de la botarga doctor SIMI, lo que afectó a dos trabajadores, constituyendo tal hecho un incumplimiento a las condiciones generales de seguridad de los lugares de trabajo e implica no tomar las medidas necesarias para proteger la vida, salud y en general la integridad física de los trabajadores”.
Por tanto, se resuelve que: “se rechaza, con costas, el recurso de nulidad deducido por la demandante, en contra de la sentencia de veinte de enero de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT I-705-2024, caratulados ‘Farmacias de Similares Chile S.A. con Inspección Provincial del Trabajo’, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, la que en consecuencia no es nula”.