El Servicio de Evaluación Ambiental exige aclaraciones sobre impactos hídricos, biodiversidad, ruido y estabilidad del terreno. Las observaciones suspenden temporalmente la evaluación y podrían extender su tramitación más allá de 2026.
La controversia socioambiental en el humedal Paicaví sumó un nuevo capítulo. El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región del Biobío notificó el Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones (ICSARA), paralizando temporalmente la evaluación del “Proyecto Habitacional Social DS 49 MINVU, Parque Solidario, Sandra Oliva I y II”.
El dictamen impone exigencias relevantes a la inmobiliaria Credyhogar Ltda. en materias sensibles como el control de contaminación acústica residencial, el impacto hidrológico en la marisma y las observaciones pendientes de la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH). Entre los antecedentes revisados, el organismo advierte que aún existen aspectos de importancia que no han sido suficientemente aclarados.
Servicios Financieros e Inmobiliarios Credyhogar Limitada, titular de la iniciativa, deberá responder las observaciones formuladas por el SEA mediante una nueva Adenda a la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) a más tardar el 15 de julio de 2026. No obstante, el oficio indica que este plazo podrá extenderse si la solicitud es comunicada por escrito al organismo dentro del período otorgado para responder.
Las dudas también se trasladan a los plazos asociados al terreno. En particular, este espacio fue adquirido por el Serviu Biobío mediante un contrato de retroventa por 36 mil Unidades de Fomento el 10 de octubre de 2023. Con ello, existe un plazo de tres años para la aprobación de la iniciativa desde el Serviu; si esta no se concreta, se abre la posibilidad de pedir la restitución de recursos, además de devolver el terreno al vendedor.
Desde el Serviu Biobío señalaron que, “respecto del contrato de retroventa, tiene que estar finalizado el proceso dentro del SEA para ver qué es lo que le corresponde hacer al proyecto y, en función de eso, ver si se compra o no el terreno”.
“Respecto del terreno y la retroventa, no se puede hacer absolutamente nada mientras no esté sancionado el tema de la evaluación ambiental”, aseguraron desde el servicio.
Este escenario añade incertidumbre al proyecto, considerando que en poco más de tres meses se cumpliría el mencionado plazo de tres años. Ello, siempre que el SEA reciba las respuestas del titular sin que medie una solicitud de prórroga, algo que el asesor legal del Movimiento por la Defensa del Humedal Paicaví, Fernando Cortés, considera poco probable.
El profesional explicó que el ICSARA fue emitido el 1 de junio de 2026 y que el plazo original para responder vence el 15 de julio de este año.
“La primera etapa corresponde a la elaboración y presentación de la Adenda N° 2. Considerando la magnitud y complejidad de las observaciones formuladas —que incluyen materias geotécnicas, hidrológicas, acústicas, viales y ambientales— resulta razonable prever que el titular solicite una ampliación de plazo para responder adecuadamente los requerimientos de la autoridad”, afirmó.
Una vez presentada la Adenda, el SEA deberá analizar nuevamente todos los antecedentes. Sin embargo, varias observaciones corresponden a materias que ya habían sido planteadas en etapas anteriores de la evaluación y que “aún no han sido completamente subsanadas, por lo que no puede descartarse la emisión de un nuevo ICSARA”, afirmó el jurista.
Y el tiempo podría seguir extendiéndose.
“En un escenario optimista, donde la Adenda responda satisfactoriamente todas las observaciones pendientes, la evaluación podría extenderse hasta comienzos de 2027, momento en que eventualmente se emitiría el Informe Consolidado de Evaluación (ICE) y, posteriormente, la resolución de calificación ambiental correspondiente”, detalló Cortés.
No obstante, el abogado explicó que si persisten las deficiencias técnicas observadas por los organismos con competencia ambiental, la autoridad podría emitir un nuevo documento de aclaraciones, prolongando el procedimiento varios meses adicionales y trasladando una eventual decisión hacia mediados o fines de 2027.
“Si eventualmente se concluyera que corresponde un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) en lugar de una Declaración de Impacto Ambiental, el procedimiento debería reiniciarse bajo las reglas aplicables a dicho instrumento, lo que implicaría plazos significativamente mayores”, enfatizó.
Si bien resulta complejo estimar cuánto podría extenderse la evaluación ambiental, la suma de los tiempos asociados a la respuesta del titular, el plazo restante del contrato de retroventa, los lapsos de revisión del SEA y la eventual exigencia de un EIA aumentan la incertidumbre respecto de la concreción de la iniciativa.
Desde el Movimiento por la Defensa del Humedal Paicaví, su representante Javier del Río sostuvo que el ICSARA “valida de una u otra forma todas las observaciones y las acciones administrativas y judiciales que hemos estado llevando a cabo”.
“Estos proyectos (refiriéndose al conjunto de iniciativas inmobiliarias que se pretenden instalar en el sector) generan una sinergia; por lo tanto, la acumulación de afectaciones entre lo que sería Fuentes de Aníbal Pinto I y II, con respecto a Sandra Oliva I y II, genera todos los inconvenientes de saturación”, señaló (corrigiendo la numeración errónea de los lotes).
Desde una perspectiva similar, Evelyn Soto, integrante de la Red Plurinacional de Humedales, afirmó que las observaciones al proyecto Sandra Oliva “evidencian lo que las comunidades han manifestado y exigido a las autoridades”.
“Resaltan la necesidad de realizar un Estudio de Impacto Ambiental a este proyecto, evaluando los efectos sinérgicos que podría tener este con otros proyectos inmobiliarios que se están desarrollando en la zona, los efectos en la conectividad ecológica y también en el bienestar de las comunidades existentes y de aquellas que quisieran instalarse en el futuro en este lugar”, puntualizó.
En materia hídrica, el documento señala que “los proyectos de aguas lluvias de los lotes 1, 2 y 4 fueron recibidos por la DOH regional y a la fecha se encuentran con observaciones”. Asimismo, solicita incorporar antecedentes visuales actualizados del entorno, indicando que se debe “incorporar fotografías del estado actual del canal existente, donde el titular pretende realizar la descarga de aguas lluvias de los lotes 1 y 2”.
El informe también pone atención sobre posibles riesgos operacionales y de contaminación asociados al desarrollo del proyecto. En ese contexto, indica que “no queda explícitamente en la descripción del proyecto de qué manera el titular evitará el vertimiento de aguas residuales y cualquier otro producto contaminante hacia la red primaria de aguas lluvias”.
Otro de los aspectos observados corresponde al comportamiento estructural y geotécnico del terreno, considerando las condiciones del suelo donde se proyecta la construcción.
El SEA cuestiona los antecedentes entregados por el titular respecto al diseño de fundaciones y señala que el recubrimiento propuesto para las losas no sería suficiente. En el documento se establece que “el valor de 3 cm no cumple con el criterio de la norma indicada para este tema”, agregando que el proyecto se emplaza en una condición de “suelo hídrico”, por lo que solicita adecuaciones conforme a la normativa vigente.
Asimismo, identifica inconsistencias en los estudios de mecánica de suelos y potencial de licuefacción presentados para distintos lotes del proyecto. Entre ellas, observa contradicciones entre descripciones de terreno y resultados de laboratorio, además de posibles subestimaciones en las cargas estructurales consideradas.
Respecto del comportamiento sísmico del terreno, el documento manifiesta que persisten incertidumbres técnicas relevantes. Aunque el titular sostuvo que el terreno clasifica como suelo apto para diseño estructural, el SEA indica que “aún persiste la duda sobre el potencial de licuefacción”, solicitando antecedentes que permitan demostrar que las mejoras propuestas “permitan garantizar la estabilidad estructural, el bienestar, seguridad, calidad de vida y de bienes de los futuros habitantes”.
Las observaciones también alcanzan materias ambientales asociadas al entorno del humedal y al funcionamiento ecosistémico del área. El SEA cuestionó que la evaluación presentada se concentre principalmente en componentes individuales y solicita una mirada integrada del territorio, recordando que los humedales deben analizarse como sistemas donde interactúan múltiples factores ambientales.
En biodiversidad, el organismo solicitó complementar el análisis sobre pérdida de flora, fragmentación de hábitat y capacidad del terreno para sostener funciones ecológicas, indicando que existe evidencia científica que demuestra que los ecosistemas intervenidos pueden seguir entregando servicios ambientales. De igual forma, pide justificar técnicamente las medidas de protección y evaluar eventuales efectos sobre especies presentes en el sector.
Finalmente, el SEA también formuló observaciones sobre ruido, emisiones atmosféricas y gestión de tránsito durante la construcción. Entre ellas, exige medidas adicionales para asegurar el cumplimiento de estándares acústicos y solicita considerar los efectos conjuntos con otros desarrollos inmobiliarios del sector, señalando que deberá incorporarse “un plan de gestión de tránsito en fase de construcción, considerando el efecto sinérgico y construcciones simultáneas con el proyecto Fuentes de Aníbal Pinto I y II”.