Existen casos que tienen relación con el alta de hospitales de personas en dependencia severa y situación de abandono, frente a lo que definieron las condiciones establecidas por norma.
La Oficina de Defensa Jurídica Integral de Personas Mayores (Odam), unidad perteneciente a la Corporación de Asistencia Judicial en la que la dupla integrada por la abogada, Constanza Palma, y la trabajadora social, Vilma Concha Cartes, atiende los casos en que personas del segmento etario son víctimas de graves vulneraciones de sus derechos. Así durante 2025 han sido en total 570 causas.
Estos ingresos son tanto de causas judiciales, como de casos en que se requirió intervención sin asumir representación de la víctima. En cuanto a los últimos, se trata de denuncias a las cuales no se les da curso, pero igualmente la oficina interviene otorgando asesoría socio-jurídica a las víctimas personas mayores. En la actualidad, se encuentran 170 causas en tramitación.
A su vez, en los últimos años se ha generado atención pública por la cantidad de pacientes adultos mayores que se encuentran en situación de abandono, quienes llegan a hospitales por complicaciones médicas y luego deben permanecer largos periodos ya que su alta está supeditada a ciertos factores de protección.
En esa línea, Vilma Concha explicó que la institución de salud, previo al alta, debe indagar respecto de la red familiar a través del área social del hospital. “Luego determinar que existe red familiar y que reúne las competencias y voluntad para asumir los cuidados de aquella persona mayor que estaba en abandono, recién en esa circunstancia se debiese concretar el alta”, explicó la trabajadora social.
De acuerdo a la normativa chilena del Ministerio de Salud y la legislación aplicable, la abogada Palma detalló que “el paciente mayor no debe ser dejado sin la coordinación del alta, sin alguien que lo reciba o sin red de apoyo cuando esta sea necesaria”.
En ese sentido, Palma citó la norma del Minsal que indica que “cómo y cuándo preparar el alta de un paciente adulto mayor, se señala que al preparar el alta del adulto mayor se deben evaluar las condiciones de apoyo social, familiar y domiciliario, para evitar que quede en situación de abandono o recaiga inmediatamente”.
“En caso de que la persona mayor no cuente con familia o red de apoyo, el establecimiento debe activar los mecanismos de coordinación intersectorial. Por ejemplo, con el Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama), municipalidades para garantizar una continuidad de cuidados y evitar la ‘hospitalización social’ o la permanencia innecesaria en hospital”, complementó Vilma Concha.
Asimismo, las profesionales de la CAJ expusieron que “si el adulto mayor no cuenta con condiciones seguras de retorno al domicilio, el alta no debe hacerse sin que exista derivación a modalidad de cuidado alternativo o residencia de larga estadía”.
Dado que muchos hospitales han reportado casos de ‘pacientes sociosanitarios’, es decir adultos mayores que ya tienen alta médica pero que siguen hospitalizados por no tener a dónde ir, para la dupla de la CAJ, por la defensa de los adultos mayores, es necesario que el hospital adopte criterios técnicos y éticos para no dejar al paciente en abandono tras el alta.
En el sentido de ejemplificar estas condiciones que deben estar presentes a la hora de dar de alta un adulto mayor, desde la Odam dieron a conocer el caso Poblete Vilches contra el Estado de Chile en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, dónde se determinó que el Estado vulneró los derechos del paciente como una persona mayor que fue dada de alta en condiciones inadecuadas.
“Esa sentencia estableció que los servicios de salud deben (…) prevenir el abandono hospitalario y la discontinuidad de cuidados, asegurando coordinación entre niveles de atención y actores sociales. Este fallo es vinculante para Chile y refuerza el deber del Estado de proteger a las personas mayores frente al abandono institucional y social”, subrayó Constanza Palma.
A Diario Concepción se dirigió Lucrecia Flores, que es vecina de un hombre de 66 años en situación de dependencia severa, no camina, ni se comunica verbalmente. Esta mujer, que por buena voluntad ha colaborado por años a la familia de esta persona que vive sólo con un hermano de aproximadamente 55 años con una enfermedad de salud mental, declaró que tristemente su vecino se encontraba en una situación de insalubridad en su casa, con la consiguiente falta de higiene corporal por lo que decidió ayudarlo.
“Nosotros vivimos en Laguna Redonda, yo vivo a un par de casas de él. Fui al Cesfam Lorenzo Arenas, a pedir paños para él, lo bañamos con una señorita para poder llamar a la ambulancia y que lo llevaran al Hospital Regional porque estaba muy mal de salud”, contó.
Sin embargo, pasaron unos días y el hombre fue dado de alta de una forma que, al menos, a Lucrecia Flores le parece irregular. “Yo lo vi en la mañana del día siguiente acostado en un sillón de su casa. Su hermano me dijo que lo habían venido a dejar de noche en una ambulancia. Pero no deberían dejarlo ahí, si no hay nadie que se preocupe por él en su casa o su familia”, afirmó.
Posteriormente, la vecina con apoyo del Cesfam volvieron a solicitar una ambulancia para nuevamente trasladarlo al hospital. “Ahora está hospitalizado, pero lo han tenido como un paquete de ida y vuelta. No queremos que lo vuelvan a dar de alta porque aquí no puede estar, nadie lo puede cuidar como necesita”, señaló Flores.
Con el objetivo de conocer mayores antecedentes del caso particular, Diario Concepción entregó los datos de la persona mencionada al Hospital Guillermo Grant Benavente, donde comprometieron revisar la información sobre el paciente para entregar respuesta prontamente ante este reclamo.