Ciudad

Aprueban establecer fuero laboral para personal de salud

La moción, aprobada por unanimidad y despachada a Sala, reconoce el agotamiento y estrés laboral de los trabajadores y trabajadoras del área.

Por: Ángel Rogel 08 de Junio 2021
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La pandemia ha generado una recarga laboral a los funcionarios que se desempeñan en establecimientos de salud y en otros organismos relacionados. Desgaste laboral, cansancio, trabajo bajo presión y riesgo de contagiarse, por entregar atención oportuna a los pacientes que se encuentran hospitalizados, ha tenido efectos físicos y síquicos en el personal.

Según una encuesta realizada, el 58,6% de los trabajadores de la salud presenta riesgo alto a sentir cansancio y agotamiento profesional.

Por ello, diputadas y diputados presentaron una propuesta legal que reconoce la difícil situación en el ámbito sanitario, y plantea establecer un fuero laboral y un descanso compensatorio para los trabajadores y las trabajadoras de la salud, en el contexto de la pandemia por Covid-19.

La norma, respaldada en forma unánime por la comisión de Salud y despachada a Sala, indica que durante la vigencia del estado de excepción constitucional, y hasta un año después de su término, gozará de fuero laboral todo el personal directivo, profesional, técnico, administrativo y auxiliar de los servicios de salud, de la atención primaria de salud, subsecretarías de salud y de las seremi de salud.

Asimismo, del Instituto de Salud Pública, superintendencia de Salud, Cenabast, Fonasa, Servicio Médico Legal, establecimientos de salud de carácter experimental, hospitales clínicos universitarios y establecimientos autogestionados en red del país, y en general de la red asistencial, que sean prestadores de salud públicos o privados, así como de farmacias y almacenes farmacéuticos.

Todos estos trabajadores tendrán derecho a un descanso compensatorio especial de 14 días hábiles, con goce de remuneraciones y compatible con los feriados legales correspondientes. Dicho descanso deberá usarse en forma continua dentro del período de dos años desde la publicación de la ley y se considerará como días trabajados para todos los efectos legales.

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