Ciudad

Caso Randolph: aumentan condena a excarabineros que mataron al estudiante

Por: Daniela Salgado 18 de Diciembre 2018
Fotografía: Raphael Sierra P.

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó este martes, los recursos de apelación presentado por las defensas de Mauricio Vera Cortesi y Jaime Barría Sánchez, en contra de la sentencia que los había condenado como coautores del delito de homicidio de José Rabdolph Segovia. Hecho ocurrido en mayo de 1985, en Talcahuano.

La Quinta Sala del Tribunal determinó con unanimidad ratificar la resolución impugnada, dictada  por el ministro en visita Carlos Aldana, pero con declaración que los expolicías deberán cumplir cinco años y un día de presidio efectivo, como autores de un crimen de lesa humanidad.

“(…) Es evidente que las lesiones de que dan cuenta estos cuatro informes periciales, no fueron provocadas por una caída o salto voluntario desde el peñasco o roqueríos del sector la Puntilla de Rocoto, se trata de un precipicio de gran altura 42,30 metros que da al mar, según fojas 366. Por lo que es de toda lógica sostener que nadie puede caer sin sufrir ninguna fractura ósea al estrellarse en el suelo, el que era precisamente una roca compacta. Sin embargo, está acreditado que tanto el cráneo, como la estructura ósea de las extremidades superiores e inferiores del occiso, estaban indemnes”, consigna el fallo.

Además, desprende que “en ningún caso la víctima caminó para llegar hasta allí, los nueve kilómetros que separan el sector de Rocoto en la desembocadura del río Bío Bío, hasta donde circula efectivamente locomoción colectiva. Por lo tanto su cadáver fue trasladado en algún vehículo, tal como reseña la sentencia en alzada en el considerando tercero”.

El dictamen detalla que ambos condenados iniciaron una persecución para dar con el paradero de Randolph Segovia, quien se escapó de la comisaria tras su detención por un accidente de tránsito; búsqueda en la que recorrieron varios domicilios de conocidos y amigos de la víctima.

Al dar con su paradero, los uniformados, quienes vieron su orgullo herido, “descargaron en él toda su ira, dándole un castigo inhumano, ensañándose en la golpiza y tortura que le propinaron causándole en definitiva la muerte”.

El fallo precisa que “no trepidaron en vejar en su dignidad a José Randolph Segovia al desnudarlo, aplicarle apremios ilegítimos al ser golpeado de manera brutal y reiterada, llegando al extremo de sacarle un ojo de su órbita al torturarlo vilmente, sometiéndolo de manera cobarde al mantenerlo con sus manos atadas, llegando incluso en el abuso psicológico de la víctima hasta conminarlo a escribir de su puño y letra una carta suicida dirigida a sus familiares cercanos. Técnica de sometimiento e intimidación ampliamente conocida, por ser usada en los recintos de tortura”.

En el aspecto civil, la instancia, confirmó el fallo que ordenó pagar una indemnización de $120.000.000 (ciento veinte millones) a cada una de las dos hermanas de la víctima.

Etiquetas