Solo falta la firma del Presidente de la República para su promulgación.
Con la afirmativa de la Cámara Baja, este requerimiento presidencial pasa a votarse en la sala del Senado.
Deben postular quienes no hayan alcanzado a inscribirse en el proceso principal como también aquellos que rechazaron su asignación o bien quedaron sin asignación posterior a la publicación de los resultados de las listas de espera.