El uso indebido de estos tramos del espacio público es un problema para la seguridad y bienestar de personas con limitaciones de desplazamiento, discapacidad visual y adultos mayores.
Ante especulaciones que indicaban que la postulación de la Corporación había sido rechazada, mandamás de la categoría aseguró que eso es falso y que aún no se definen casos como el del Almirante.
La multa que asciende a 5,1 Unidades Tribunales Anuales fue respaldada por el Tercer Tribunal Ambiental tras rechazar una apelación por parte de los impugnantes