Política

De la persuasión verbal al armamento letal: revisa las ocho claves de la nueva ley de Reglas del Uso de la Fuerza

Tras sortear la Comisión Mixta, el Senado despachó a ley el proyecto que fija las Reglas del Uso de la Fuerza, estableciendo ocho pasos graduales para policías y FF.AA.

Por: Equipo Digital 08 de Octubre 2026
Fotografía: Archivo | Carolina E.
Lo que debes saber

• Con 29 votos a favor, 15 en contra y una abstención, el Senado despachó a ley el proyecto que establece las nuevas Reglas del Uso de la Fuerza (RUF) para las policías y las Fuerzas Armadas.

• La normativa estructura ocho pasos graduales de actuación, que van desde la persuasión verbal y el uso de elementos disuasivos, hasta el empleo de armamento letal en caso de amenaza inminente o ataques a infraestructura crítica.

• La iniciativa generó un intenso debate y posturas divididas: mientras un sector valoró el respaldo legal y la certeza jurídica para los uniformados, otros legisladores advirtieron sobre una discrecionalidad que pondría en riesgo las garantías civiles.

Te invitamos a leer la nota completa más abajo para conocer los detalles.

Con 29 votos a favor, 15 en contra y una abstención, la Sala del Senado entregó su respaldo definitivo al informe de la Comisión Mixta que zanjó las discrepancias sobre el proyecto de Reglas del Uso de la Fuerza (RUF).

La normativa, previamente aprobada por la Cámara Baja, regula el actuar del personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, así como el de las Fuerzas Armadas en labores de orden público, protección de recintos militares y seguridad pública interior.

Reglas aprobadas y cambios

El corazón de esta nueva legislación radica en la definición de protocolos para la actuación de los uniformados, estructurados en grados de resistencia y ocho reglas específicas aprobadas.

El accionar parte desde el “despliegue de fuerzas” y medios institucionales en forma disuasiva (Regla N° 1) y la “actuación mediante técnicas de comunicación” y persuasión verbal, como el diálogo y la negociación (Regla N° 2).

Si la situación lo requiere, el personal está autorizado al “empleo manual de elementos disuasivos u otros menos letales“, como gas pimienta, agua o bastones (Regla N° 3), y a la “utilización de dispositivos o sistemas” para el lanzamiento de estos proyectiles no letales (Regla N° 4).

El siguiente grado es el “uso de la fuerza para el control físico” (Regla N° 5), que permite inmovilizar o esposar al transgresor, estipulando estrictamente que una vez reducido y sin oponer resistencia, “se prohíbe ejercer fuerza en su contra”.

Avanzando en la gradualidad para escenarios de mayor riesgo, la normativa señala que el personal militar podrá emplear “munición de salva en forma disuasiva” (Regla N° 6).

Posteriormente, se autoriza el “uso de escopetas con munición antidisturbios” (Regla N° 7) de manera exclusiva para evitar o repeler un peligro grave e inminente para la vida de terceros o del personal, así como para impedir daños o la pérdida material de infraestructura crítica o recintos militares.

Uno de los puntos más relevantes del texto es el paso final: la regulación del armamento de fuego.

El documento despachado establece explícitamente que el uso de la fuerza potencialmente letal procede solo cuando resulten insuficientes las medidas establecidas en los grados previos y esté plenamente justificada por cumplimiento del deber, legítima defensa u orden judicial.

En esa línea, la Regla N° 8 autoriza el “uso de armamento letal” contra personas que utilicen, o se dispongan a utilizar, armas u otros medios capaces de poner en peligro la vida del personal o de terceros.

Asimismo, procederá el empleo de este armamento respecto de quien, tras ser expresamente conminado por las fuerzas de orden, “se niegue a desprenderse de un arma“. Igualmente, su uso queda respaldado frente a ataques contra infraestructura crítica o recintos militares en los que la pérdida de control material genere un riesgo para la vida de las personas o comprometa la seguridad militar o nacional.

El debate en la Comisión Mixta y el Congreso

Para llegar a este texto final, la Comisión Mixta debió destrabar profundas diferencias.

El presidente de dicha instancia, el senador Karim Bianchi, detalló cómo se resolvieron los nudos críticos: “se zanjaron las 10 discrepancias. Éstas dicen relación con la prohibición de la tortura, tema que se decidió suprimir; el deber de resguardar la vida, se aprobó; la obligación de proteger a NNA, se eliminó bajo el argumento de estar considerada en otras normativas; las labores de vigilancia pasiva, se suprimió; y la utilización de la fuerza potencialmente letal, se aprobó con una nueva redacción”.

Discusión en la Sala y posturas divididas

Desde los sectores que respaldaron la iniciativa, se destacó que la norma termina con la discrecionalidad y otorga certezas jurídicas. “Este proyecto complementa la ley Nain Retamal y esta aprobación es una señal de la madurez del Congreso”, afirmaron parlamentarios a favor, agregando que “la gente pide que el carabinero actué y éste necesita ser respaldado por la ley”.

Por el contrario, desde la oposición al proyecto surgieron críticas frente a los límites fijados por la normativa.

“La propuesta establece criterios como graduación, necesidad, proporcionalidad y diferenciación, además de regular el escalamiento del uso de la fuerza y los deberes asociados a la actuación de los funcionarios“, indica el texto del Senado.

Algunos legisladores advirtieron que “lo aprobado consolida una asimetría que prioriza la discrecionalidad de las fuerzas por sobre el resguardo de las garantías civiles”.

Asimismo, cuestionaron los supuestos para el uso de armamento letal frente a personas que se niegan a soltar un arma, indicando que “estos supuestos no siempre indican peligro inminente para las personas” y advirtiendo que “hay definiciones muy amplias y la ley debe fijar el límite y acá no se hace”.

La aprobación fue ovacionada por el Ejecutivo

“Tras tres años de tramitación, nuestras policías contarán con reglas claras y mayores certezas para ejercer su labor y proteger a la ciudadanía frente al crimen“, indicó el ministro de Seguridad Pública, Martín Arrau en su cuenta de X (exTwitter).

A lo que agregó que “la seguridad de Chile requiere respaldo a nuestras policías, protección para las familias y herramientas concretas para enfrentar al crimen organizado“.

Etiquetas

Notas Relacionadas