Política

CAE: presentan proyecto para proteger sueldos de trabajadores ante embargos

La iniciativa busca modificar el Código del Trabajo para garantizar que las remuneraciones mantengan su carácter de inembargables incluso después de ser depositadas en cuentas bancarias, en el contexto de cobranzas asociadas al CAE y otros créditos estudiantiles.

Por: Equipo Digital 10 de Junio 2026
Fotografía: Cedida | TGR

El debate sobre el Crédito con Aval del Estado (CAE) volvió a instalarse en la agenda pública. Esta vez, un grupo de parlamentarios de oposición impulsa un proyecto de ley que busca reforzar la protección de las remuneraciones de los trabajadores frente a embargos asociados a deudas por créditos estudiantiles.

La iniciativa ya fue presentada y actualmente se encuentra en revisión de admisibilidad, paso previo a su ingreso formal para la tramitación legislativa.

Según los autores de la propuesta, las acciones de cobro impulsadas por la Tesorería General de la República (TGR) sobre deudas vinculadas al CAE y otros créditos de educación superior han expuesto a miles de personas a situaciones de vulnerabilidad económica, particularmente cuando los embargos afectan cuentas bancarias donde se depositan sus remuneraciones.

¿Qué propone el proyecto?

La iniciativa busca modificar el artículo 57 del Código del Trabajo para establecer de manera explícita que la protección de inembargabilidad de las remuneraciones se mantenga incluso después de que los recursos sean depositados en cuentas corrientes, cuentas vista o cuentas de ahorro.

Actualmente, el Código del Trabajo establece que las remuneraciones son inembargables, salvo en la parte que exceda las 56 unidades de fomento (UF). Sin embargo, los impulsores del proyecto sostienen que, una vez depositados los fondos en una cuenta bancaria, estos pueden ser objeto de embargos o compensaciones, perdiendo en la práctica la protección que la legislación laboral les otorga.

Por ello, la propuesta señala que la inembargabilidad deberá mantenerse íntegramente y conservar su naturaleza jurídica aun cuando los recursos hayan sido transferidos al sistema financiero.

Asimismo, establece que dicha protección será oponible a cualquier acreedor y que el origen remuneracional de los fondos podrá acreditarse mediante el comprobante de pago o la glosa de transferencia bancaria emitida por el empleador.

Argumentos detrás de la iniciativa

Los parlamentarios sostienen que las deudas por educación superior tienen origen en contratos civiles y no tributarios, por lo que cuestionan la utilización de mecanismos administrativos rápidos para su cobro.

En el texto se argumenta que este tipo de procedimientos puede limitar las posibilidades de defensa de los deudores, especialmente en materias como la prescripción de la deuda, errores administrativos o cambios en la situación económica de las personas.

La propuesta también cita un fallo de la Corte de Apelaciones de Arica, correspondiente a la causa Rol N°224-2026 de Protección, en el que se acogió una acción presentada por un deudor y se declaró la ilegalidad de determinadas medidas de cobro aplicadas por la Tesorería General de la República.

Protección al ingreso de los trabajadores

De acuerdo con la iniciativa, el objetivo central es resguardar el ingreso destinado a la subsistencia de los trabajadores y evitar que el uso de medios electrónicos de pago termine debilitando las garantías que actualmente reconoce la legislación laboral.

En esa línea, el proyecto plantea que la protección de las remuneraciones debe mantenerse independientemente del instrumento financiero utilizado para recibir el sueldo, impidiendo que estos recursos sean considerados como activos embargables por deudas derivadas de créditos de educación superior.

La iniciativa deberá superar primero su revisión de admisibilidad antes de iniciar su discusión formal en el Congreso.

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