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Servicio Militar 2023: conoce cuándo se publica la lista de seleccionados

Por: Equipo Digital 20 de Octubre 2022
Fotografía: Archivo | Archivo

Tras el sorteo realizado el viernes 14 de octubre, solo restan horas para conocer a los nominados para hacer el Servicio Militar 2023.

En detalle, se trató de un proceso transparente y aleatorio, con el fin de convocar a casi 8 mil 500 jóvenes no voluntarios que son requeridos por el Ejército y la Armada.

¿Cuándo se publica la lista de nominados?

De acuerdo con la Dirección General de Movilización Nacional de Chile (DGMN), los resultados se conocerán este próximo viernes 21 de octubre, jornada que también dará inicio al período de reclamación.

¿Cómo me excuso para no hacer el Servicio Militar 2023?

Los jóvenes que resulten llamados tras el sorteo y no quieran cumplir el Servicio Militar podrán optar a los diferentes tipos de reclamación, como la modalidad alternativa o bien la exclusión del Servicio Militar ante la Comisión Especial de Acreditación (CEA), que depende de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.

Dicho trámite se podrá realizar vía online, en la página del Servicio Militar, o presencial en los cantones de reclutamiento del país.

Si deciden efectuarlo de manera online, deberán ingresar al sitio www.serviciomilitar.cl, con su clave única, y presentar la documentación necesaria para realizar su trámite de modalidad alternativa o de exclusión al Servicio Militar.

La Comisión Especial de Acreditación analizará cada uno de los casos de reclamación, según los antecedentes entregados por los jóvenes y determinará quienes están en condiciones de realizar o no el Servicio Militar.

¿Cuáles son los motivos que me impedirían realizar el Servicio Militar 2023?

  •  Ser declarado no apto por imposibilidad física o psíquica, según lo disponga el reglamento.
  •  Ser miembro de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y el personal de Gendarmería de Chile.
  •  A quienes el cumplimiento del servicio militar les ocasione un grave deterioro en la situación socioeconómica de su grupo familiar del cual constituyen su principal fuente de ingreso.
  • Haber contraído matrimonio, que estén en vías de ser padres o lo sean con anterioridad al primer sorteo de selección del contingente.
  • Haber sido condenadas a pena aflictiva, salvo que la Dirección General considere moralmente aptas. En todo caso, la amnistía extingue la causal de exclusión señalada en este numeral.
  • Ser descendientes por consanguinidad en línea recta y en línea colateral, ambos hasta el segundo grado inclusive, de las personas que figuren en los informes Rettig y Valech (Leyes Nº 19123 y Nº 19.992), que beneficia a familiares de víctimas de violaciones de los derechos humanos o de violencia política.
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