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Hasta octubre: confirman plazo para que empresas se adapten a teletrabajo

Por: César Herrera 07 de Julio 2020
Fotografía: Archivo

El pasado viernes el Ministerio del Trabajo publicó en el Diario Oficial el nuevo reglamento de la Ley de Trabajo a Distancia, iniciativa levantada ante la crisis sanitaria que afecta al país por covid-19.

En este marco, el abogado socio de Contreras y Aliaga, Gonzalo Contreras, explicó a El Mercurio que el decreto busca “aterrizar la forma en que será llevado a cabo el principio de protección de la salud y de la seguridad de los trabajadores, a través de un sistema de autorregulación en que la autoridad administrativa entregará a los empleadores las herramientas para que las empresas confeccionen una matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos”.

“Se basa en que los empleados sean quienes expongan si en sus lugares de teletrabajo existen o no peligros a la salud o a su seguridad. Específicamente, se refiere a las condiciones ergonómicas y ambientales”, precisó el especialista.

En este marco advirtió que “si bien se aprecia una intención de regular de forma activa y real la seguridad de los trabajadores que ejercen desde sus hogares, haciéndolos partícipes de la creación de esta ‘matriz de peligros’, todo queda entregado a esta autoevaluación no especializada de la existencia o no de ellos. Habrá peligros a la salud mental que probablemente no serán observados por trabajadores ni empleadores, de forma natural, como el trabajo repetitivo”, añadió el abogado.

De acuerdo a la normativa vigente, el decreto supremo entrará en vigencia 90 días después de su publicación en el Diario Oficial. En otras palabras, a principios de octubre deberá estar operativo en las empresas en el país.

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