Opinión

Al César lo que es del César

Gendarmería de Chile solicitó a nuestra Corte Suprema que instruya a los Juzgados de Garantía “no intervenir” en sus labores, ya que ello podría restar autoridad a la institución.

Por: Gustavo Soto 25 de Noviembre 2022
Fotografía: Francisco Fernández

FRANCISCO FERNÁNDEZ SAGARDÍA

Abogado Colectiva – Justicia en Derechos Humanos.

 

Recientemente fue publicada en diversos portales de noticias que Gendarmería de Chile solicitó a nuestra Corte Suprema que instruya a los Juzgados de Garantía “no intervenir” en sus labores, ya que ello podría restar autoridad a la institución.

Si bien no puede desconocerse que en nuestro país, Gendarmería es quien tiene el control al interior de las cárceles y no tenemos al día de hoy jueces de ejecución de condenas, pareciera que se olvida en esa solicitud lo dispuesto en nuestra Constitución, en cuanto a que son los tribunales de justicia los mandatados a “hacer ejecutar lo juzgado” todo ello siempre dentro de un marco de respeto a los derechos y garantías de las personas, sobre todo si están privadas de libertad, considerando que el propio reglamento de establecimientos penitenciarios establece que fuera de la pérdida de derechos propia de su situación procesal, su situación jurídica es idéntica a la de los ciudadanos libres.

Así las cosas, no podemos olvidar el reciente video viralizado en redes sociales en que se veía una brutal golpiza por parte de funcionarios a la población penal, ¿parece razonable quitar potestades a los tribunales de justicia?, ¿entregan las instituciones del estado una tranquilidad tal, que haga innecesaria una supervigilancia permanente?

Es que, si bien es cierto que la labor de ponderar los protocolos y medidas de seguridad versus la humanidad y garantías de las personas es una tarea compleja, también lo es que la mirada de un funcionario de Gendarmería es distinta a la de un privado de libertad.

Son los propios funcionarios de la Asociación Nacional de Suboficiales de Gendarmería quienes plantean como problemático el hecho de que por medio de audiencias de cautela de garantías en los tribunales penales los internos puedan pedir cambio de módulo o de unidad penal, o que se cuestione dejar sin efectos sanciones disciplinarias.

Quienes hemos tenido la posibilidad de dialogar con personas privadas de libertad sabemos que muchas veces el estrés del hacinamiento, las escasas actividades recreativas y resocializadoras y los múltiples conflictos arrastrados desde el medio libre, implican que existan discusiones constantes al interior de las cárceles, que impiden a los internos mantenerse tranquilos en un módulo en el que existen “enemigos”, lo que torna imposible que la persona pueda trabajar en su proceso resocializador si viven en un estado de alerta permanente.

Esto revive la discusión en torno a la necesidad de que existan tribunales de ejecución de penas, sobre todo en estos días en que la seguridad ciudadana es uno de los temas que más preocupan al país, es por ello que se hace indispensable avanzar, preocuparnos de lo que pasa al interior de las cárceles y en las calles, para que el día en que estas personas terminen de cumplir sus condenas, puedan buscar alternativas prosociales.

En esa tarea Gendarmería de Chile y los Tribunales de Justicia tienen un rol que cumplir y un aporte por realizar.

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