Opinión

Una institucionalidad en deuda con las mujeres

El asumir un compromiso constitucional permitirá estar en armonía con los estándares internacionales en la materia y colocar los derechos de las mujeres como una de las más altas prioridades del Estado.

Por: Diario Concepción 03 de Septiembre 2021
Fotografía: Natalia Bórquez

Natalia Bórquez
Abogada, magister en Derechos Humanos
Colectiva-Justicia en Derechos Humanos

Recientemente nos enteramos que la Corte Suprema acogió una acción de protección interpuesta por los padres de una niña de 13 años, quien “funo” en sus redes sociales a tres compañeros de curso por abuso sexual. El fallo, además de considerar arbitrarias “medidas disciplinarias” que el colegio estaba imponiendo a la estudiante afectada, señala que el relato personal que la víctima decide hacer público no puede ser considerado una afectación al derecho a la honra de los sujetos denunciados, ya que se trata de una experiencia de vida amparada por la libertad de expresión.

Más allá de la importancia que este fallo le haya dado al relato de la víctima de violencia sexual, por sobre el derecho a la honra de los denunciados, es necesario una mirada crítica y reflexiva que permita comprender el por qué una mujer que ha vivenciado violencia de género tenga que recurrir a vías no institucionales, incluso ante el riesgo de ser perseguida judicialmente por sus dichos.
Una razón sustancial para ello se puede explicar en la deficiente respuesta jurídica ante la violencia contra las mujeres que conlleva a una afectación al acceso igualitario a la justicia. Estereotipos, trato discriminatorio, victimización secundaria, pronunciamientos judiciales sin perspectiva de género, son solo algunas de las barreras institucionales que deben enfrentar las mujeres y que las disuaden de querer denunciar formalmente.

Lo anterior, a pesar de compromisos internacionales que el Estado ha adquirido voluntariamente en materia de violencia de género. Por ejemplo, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer establece que el acceso de las mujeres a una adecuada protección judicial implica un conjunto de obligaciones relacionadas con las denuncias que formulen éstas y que supone, entre otras obligaciones, que el Estado actúe con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia de género y establezca procedimientos legales, justos y eficaces que incluyan, entre otros, medidas de protección y juicio oportuno para las víctimas.

Ante el aumento de casos de violencia de género y la falta de confianza en una institucionalidad que sigue estando al debe con las mujeres, urge posicionar este tema en el proceso constituyente actual y darle la prioridad que merece. El asumir un compromiso constitucional permitirá estar en armonía con los estándares internacionales en la materia y colocar los derechos de las mujeres como una de las más altas prioridades del Estado. Ello no eliminará por si mismo la violencia contra las mujeres, pero quizás sea un paso relevante en miras de restaurar la confianza perdida.

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