
De acuerdo al Ministerio, el uso de nuevas tecnologías será determinante para cumplir con las inspecciones, sin tener que sumar personal.
Por Catalina Poblete Sánchez
A la espera de comenzar a regir está la Ley 21.553, también conocida como “Ley Uber”, la cual regula a las Empresas de Aplicación de Transporte (EAT) como Uber, Cabify y Didi, que prestan servicios a través de plataformas digitales.
Esta nueva normativa establece requisitos para que tanto las EAT como los conductores puedan operar legalmente, e introduce mecanismos de fiscalización.
La normativa fue promulgada en 2022, pero su entrada en vigencia se había postergado por la falta de un reglamento que permitiera su aplicación, y esa etapa se superó el pasado 7 de abril, cuando la Contraloría General de la República aprobó el reglamento, lo que activó el calendario para su implementación oficial.
Desde el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), confirmaron que ya se están preparando los equipos para dar cumplimiento a la ley. El seremi de Transportes del Biobío, Patricio Fierro, explicó que el reglamento fija en primera instancia un plazo de 30 días, desde su publicación en el Diario Oficial, para que las empresas y conductores realicen el proceso de inscripción.
“Es importante aclarar que la Ley de Empresas de Aplicaciones de Transportes (EAT) tiene un alcance nacional. Por lo mismo, cuando el reglamento salga publicado de forma concreta en el Diario Oficial, la propia norma otorga un plazo de 30 días para su puesta en marcha. Se trata de un periodo relevante, ya que permitirá a las empresas acelerar el envío de antecedentes, a fin que, desde el día 31, puedan iniciar de la forma más rápida posible su inscripción como empresas”, señaló Fierro.
Una de las principales inquietudes entre los conductores y usuarios es cómo se verificará el cumplimiento de la ley, en este caso, el seremi explicó que la fiscalización estará a cargo de los equipos del MTT y de Carabineros, quienes contarán con nuevas herramientas para el control en terreno.
“La fiscalización de los vehículos y conductores inscritos se mantendrá en manos de equipos de Fiscalización del MTT o Carabineros. No obstante, la adscripción de ambos actores también incorporará un código QR, lo cual será un factor clave para acelerar controles, así como también, para entregarle al propio usuario información clave sobre el servicio prestado”, indicó.
Consultado sobre la posibilidad de reforzar la cantidad de inspectores, Fierro sostuvo que las nuevas tecnologías permitirán mantener los equipos actuales sin perjuicio del trabajo.
“La inspección será realizada tanto por personal de Fiscalización como Carabineros, quienes ahora contarán con un sello distintivo del vehículo y conductor inscritos en la EAT. Por tanto, hablamos de un elemento que facilitará la detección temprana de un vehículo que efectivamente esté realizando dicha tarea, sin requerir un número mayor de personal”.
Entre las obligaciones que deben cumplir los conductores se encuentra la necesidad de contar con una licencia profesional, además de no registrar antecedentes penales por delitos sexuales ni otros, pero, no obstante, habrá un periodo de transición.
“La ley permitirá un plazo de hasta 12 meses para que aquellos conductores que no tengan dicha licencia puedan realizar labores de conducción, bajo la condición de que deberán obtener el documento respectivo. Y en caso de no hacerlo, serán eliminados del registro”, explicó Fierro.
En caso de infracción, tanto conductores como pasajeros podrían ser sancionados. La norma establece multas económicas y, en casos más graves, la suspensión del registro del conductor.
“La propia ley establece una serie de sanciones, tanto para la EAT como para sus conductores y pasajeros. Un ejemplo es el pasajero, quien se puede exponer a multas de hasta 3 UTM (poco más de $200 mil), con el solo hecho de aceptar movilizarse en medios informales. Y en el caso de conductores, si están inscritos pero incumplen aspectos normativos, no solo arriesgan una multa, sino también ser eliminados del registro”, añadió.
Quienes operan en estas plataformas han manifestado dudas respecto a los requisitos y a la rapidez del proceso de inscripción, como es el caso de Hipólito Ormeño, conductor de Uber en Concepción, “Sí, estoy al tanto de la ley, pero hay muchas cosas que no se explican bien. Hay aristas que generan dudas y no se entregan detalles paso a paso sobre cómo inscribirse. Yo, personalmente, no he hecho nada aún, porque no me ha dado el tiempo y tampoco sé bien cómo hacerlo”, explicó.
Ormeño también planteó que la implementación puede resultar exigente para quienes conducen solo de forma ocasional. “Hay personas que manejan como una fuente de ingreso temporal, y para ellos puede resultar complejo cumplir con todos los requisitos. Sería bueno que hubiera alternativas o apoyos en esos casos”, comentó.
El objetivo de la normativa es ordenar un sector que ha funcionado por años sin una regulación clara, mejorar la seguridad de los pasajeros y también establecer derechos mínimos para los conductores, por lo que, al exigir condiciones técnicas a los vehículos, se busca también garantizar estándares similares a los de otros medios de transporte regulado, como taxis o colectivos.