La Defensoría del Contribuyente entregó recomendaciones para que las personas no se expongan a multas que, incluso, podrían llegar a casi $780 mil.
A pesar de que el calendario de la Operación Renta se anuncia con anticipación, cada año surgen contribuyentes que no realizan su declaración de impuestos en el plazo establecido.
De acuerdo a la Defensoría del Contribuyente (Dedecon), esta declaración se puede realizar fuera de plazo, sin embargo, la persona se verá afectada con multas, reajustes e intereses, dependiendo si le correspondía pagar impuestos. Esto sería: desde el 10% al 30% de lo adeudado y el 1,5% más por mes de retraso.
En el caso de que la o el contribuyente tuviera una devolución a favor o una declaración “calzada”, o sea, sin pago ni devolución, la sanción económica puede variar desde 1 UTM hasta 1 UTA (lo que equivale, a marzo de este año, entre $64.793 y $777.516).
Por otro lado, si no se realiza la declaración, el Servicio de Impuestos Internos (SII), podrá iniciar un proceso de fiscalización y girar los impuestos que correspondan. En este sentido, la persona quedará con una deuda tributaria, que irá en aumento por reajustes de IPC, interesas y multas. Por tanto, en caso de que, en futuros procesos solicite una devolución a su favor, ésta será utilizada para compensar la deuda.
“Es fundamental estar al tanto de las obligaciones tributarias y cumplir con los plazos definidos. Por eso, para facilitar este proceso, es importante que revisen la propuesta de Formulario 22 ante eventuales observaciones por errores o falta de información”, expresó el defensor nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro.
La o el contribuyente debe presentar su declaración de impuesto a la renta en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos, ingresando a “Declarar Renta” (F22). Si existiera una diferencia u observaciones a la declaración, la persona debe acudir a la unidad del SII en la fecha señalada, con toda la documentación que respalde y demuestre que completó el trámite.
Por el contrario, si la discrepancia se produce por algún error u omisión en el llenado del Formulario 22, se debe rectificar en la sección de “Ayuda” de la página web del SII y luego apretar en “Rectificar Renta (F22)”.