Ciudad

SMA dicta medidas provisionales por intervención de humedal Vasco de Gama

La autoridad ambiental estimó que por ahora existen antecedentes para decretar 5 medidas entre las que se cuentan informes topográficos y la detención faenas en un sector.

Por: Pablo Carrasco 15 de Octubre 2022
Fotografía: Isidoro Valenzuela M.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó medidas provisionales pre-procedimentales contra una empresa constructora que realiza faenas de urbanización en predios circundantes al humedal Vasco Da Gama, en la comuna de Hualpén.

En este caso la oficina regional de la SMA ha realizado diversas inspecciones por denuncias ciudadanas y de autoridades en este sector. En la última, la autoridad constató faenas en “predios que aún se encuentran en proceso de relleno y urbanización al interior de los deslindes de la propiedad, y ocupan un área total de 38.651 m2. El mismo cuenta con un proyecto de pavimentación y alcantarillado aprobado por parte de la Municipalidad de Hualpén”, explicó la Superintendencia de Medio Ambiente, a través de un comunicado.

En él se agrega además, que “el proyecto de loteo se encuentra aprobado por Resolución N° 14 de fecha 21-03-2006 por parte de la Dirección de Obras Municipales de la señalada municipalidad”.

El problema que existiría es que “estos lotes se encuentran colindantes con el polígono del sitio prioritario que indica el Oficio Ord.DJ MMA N° 191422, de fecha 15-04-2019, y de la propuesta de declaratoria de Humedal Urbano, ingresada a tramitación con fecha 01-09-2022, en la Seremi de MMA de la Región del Biobío”, indicó Juan Pablo Granzow, jefe regional de la SMA.

Medidas adoptadas

Así entonces, y considerando todos los antecedentes, se estimó “que las obras descritas suponen una alteración física y química de los componentes bióticos, sus interacciones y los flujos ecosistémicos del humedal Vasco da Gama, el cual se encuentra efectivamente dentro del límite urbano considerado por el Plan Regulador de Concepción Metropolitano (contenido en la Resolución de Calificación Ambiental N° 234, del año 1999), e implican su relleno y posible secado, invadiendo además la flora y fauna del humedal por los posibles escurrimientos que ocurrirían desde el predio”, detalló el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra.

Por ello, la SMA dictó cinco medidas provisionales que la empresa Constructora debe cumplir:
1.- Reportar el avance del retiro de sacas (maxisacos) desde el Lote E-4, según lo ordenado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud del Biobío;
2.- Presentar un proyecto de relleno y urbanización que considere el uso de material terrígeno con trazabilidad de origen;
3.- Presentar un informe topográfico y de planimetría final rectificada;
4.- Reubicar -de ser ello necesario- el cierre perimetral de los predios cuyos límites habrían sido rectificados por el informe mencionado en el numeral 3.
5.- Prohibir la realización de actividades de relleno y urbanización del Lote A-2, mientras no sea presentado el informe del numeral 3.

Todo esto en paralelo al informe que elabora la SMA para determinar si en definitiva este proyecto debe ingresar o no al sistema de calificación ambiental.

Por último, estas cinco medidas no impiden el funcionamiento de los demás frentes de faena, pero se deben cumplir las medidas solicitadas en las zonas que más afectan al humedal. “Si el titular no acata estas medidas, la SMA puede solicitar al Tercer Tribunal Ambiental la detención del funcionamiento”, acotó la autoridad.

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