Fallo del TC en megarreforma es valorado como una victoria por agrupaciones ambientales
14 de Agosto 2026 | Publicado por: Equipo Digital
El Tribunal Constitucional (TC) declaró completamente inconstitucional los artículos 12 y 13 de la magarreforma, los cuales establecen el derecho a indemnización ante la anulación judicial firme de una Resolución de Calificación Ambiental. Sobre esto, organizaciones calificaron la decisión como un logro para el medioambiente.
“Hoy ganó el medio ambiente”, celebró Greenpeace por la determinación del TC de acoger parcialmente los requerimientos de inconstitucionalidad presentados por grupos parlamentarios contra diversas normas del proyecto de ley.
Destacaron que la resolución del TC aborda una serie de aspectos relevantes para la institucionalidad ambiental que representaba retrocesos significativos.
Sobre la indemnización manifestaron que “se trata de una decisión relevante, porque este tipo de mecanismos podía debilitar la capacidad de los tribunales para controlar la legalidad de las autorizaciones ambientales y generar incentivos para mantener vigentes permisos que posteriormente fueran considerados ilegales, puesto que la alternativa era que el costo de esas decisiones recayera sobre toda la ciudadanía”.
Además, en el comunicado resaltaron la decisión del TC sobre otro tema importante, afirmaron que “confirmó que las micro-relocalizaciones de centros salmoneros no pueden quedar fuera de la evaluación ambiental. Esta victoria demuestra que defender las protecciones ambientales sí hace la diferencia y que no podemos dejar pasar ningún retroceso en esa materia.
Con respecto a la declaración del TC sobre la inconstitucionalidad de determinadas disposiciones del artículo 5, el cual abarcaba la relocalización de concesiones de acuicultura, aseveraron que “logramos que una norma que debilitaba la protección de nuestros océanos no siguiera adelante. El Tribunal Constitucional confirmó que las micro-relocalizaciones de centros salmoneros no pueden quedar fuera de la evaluación ambiental”.
“La decisión del tribunal confirma que una distancia de hasta 350 metros no puede, por sí sola, ser utilizada para presumir que un nuevo emplazamiento no tendrá impactos ambientales”, complementaron.
Por su parte, FENATRAMA (Federación Nacional de Trabajadoras y Trabajadores del Ministerio del Medio Ambiente) valoró el fallo del TC como un “respaldo a la institucionalidad ambiental y frena el debilitamiento de la protección ambiental”.
“Constituyendo una señal importante en defensa del interés público, la protección ambiental y el Estado de derecho”, manifestó el presidente de FENATRAMA, Francisco Cabrera.
Finalmente, la organización reflexionó que la protección del medioambiente y el respeto de las decisiones de los tribunales deben mantenerse como parte fundamental del sistema institucional chileno.