Desafíos de la Gobernanza del Agua: Normas vs Realidad
24 de Octubre 2025 | Publicado por: Diario Concepción
El Código de Aguas en la versión del año 2022 consagra un relevante cambio, en los territorios indígenas, el Estado debe velar por la integralidad tierra y agua. Esto implica un profundo giro en la política pública que, a partir del año 1980 separó agua y tierra, creando múltiples efectos por el tratamiento jurídico de ambos elementos.
La propia ley 21.455 (2022) señala que se deben proteger las aguas existentes para el beneficio de las comunidades de acuerdo con la ley y los tratados internacionales.
¿Por qué? Principalmente con el objeto de reconocer una concepción cultural y en algunos casos sagrada del agua en los pueblos indígenas. La mirada puramente económica, en que los derechos que se ejercen sobre el agua o la tierra son especialmente patrimoniales, no parece ser suficiente. Los tratados internacionales reconocen la necesidad de consultar justamente con el objeto de poder dialogar con la institucionalidad sobre la cosmovisión indígena.
La pregunta es si este diálogo será fructífero o incluso posible.
Un primer ejemplo es la política pública de carretera hídrica en el río Queuco que propone un promedio de 19 m³/s y que, comparado con la extracción propuesta (en m³/s), es aproximadamente la mitad de la escorrentía histórica del río, pero incluso llega hasta el 89% en abril. La conversación debiera evidentemente incorporar a las comunidades pewenche que ha habido históricamente en la cuenca del río Queuco tributario del Biobío. Podría dialogar en torno a la afectación que supondría esta cantidad de agua llevada a otras cuencas para fines productivos. Pero también es necesario conversar sobre el efecto que esto tendría en la cosmovisión de las comunidades pewenche que la habitan.
Un segundo ejemplo es la Política Nacional del Litio y la Mesa Estratégica de recursos hídricos en el Salar de Atacama que debe conversar con el pueblo atacameño respecto de su mirada en torno al uso de salmuera para la exploración y explotación del litio. En la actualidad, la salmuera es considerada un producto minero y no un recurso hídrico. Esto obviamente debe ser evaluado, toda vez que la evidencia científica y la cosmovisión indígena demuestran la importancia de la afectación en el salar por la extracción de salmueras. ¿Qué representan los salares? ¿Qué rol cultural cumplen en la cosmovisión andina?
Es tiempo entonces, de cumplir con el mandato de integralidad tierra-agua para las comunidades indígenas en sus territorios. Para ello, más que hablar a nombre de ellos, debemos construir políticas públicas interculturales.
Amaya Alvez Marin
Abogada Colectiva Justicia en DD.HH.