Planificación y “efecto vela”: las medidas técnicas que previenen la caída de grúas pluma
21 de Julio 2026 | Publicado por: Edgardo Mora
Frente a los recientes sistemas frontales, especialista de la Universidad de Concepción repasa las normativas OSHA, las especificaciones de fabricantes y los sistemas de gestión en obras.
La viralizada caída de una grúa pluma en Coquimbo, difundida ampliamente a través de redes sociales, encendió las alarmas sobre las condiciones actuales de seguridad y fiscalización de este tipo de estructuras, particularmente en el contexto de vientos extremos que afectan a la Región del Biobío, donde, hace unos días, se han registrado velocidades de 160 km/h.
Al respecto, Felipe Orellana, académico de Ingeniería Civil de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Concepción (UdeC), explicó en detalle cómo es posible evitar el colapso de estos sistemas ante vientos extremos producto de los últimos sistemas frontales con río atmosférico.
De acuerdo con el especialista, existen diversas normativas aplicables, aunque las directrices principales provienen de los propios fabricantes. “Los proveedores entregan distinto tipo de información. La prevención de la caída no depende de una sola medida, sino que requiere combinar variables como el diseño estructural, una fundación adecuada, un montaje controlado y, sobre todo hoy en día, el monitoreo del viento”, señaló.
En específico, Orellana destacó el uso de anemómetros para controlar continuamente la velocidad del viento. A partir de estas mediciones, “se definen los límites designados por el fabricante, vinculados principalmente al monitoreo preventivo para evitar volcamientos”.
Asimismo, el diseño correcto de la fundación y los anclajes constituye la primera línea de defensa. En esta etapa, según el académico, “se mide la capacidad portante y la estabilidad de la fundación, además de las dimensiones de la armadura y su resistencia a través de pernos de anclaje, lastres y contrapesos, entre otros elementos”.
Anomalías climáticas
El experto advirtió que los eventos climáticos extremos serán cada vez más frecuentes, razón por la cual las grúas deben contar de forma obligatoria con instrumental técnico adecuado. “Deben disponer de un anemómetro operativo instalado en la posición más representativa, es decir, en la misma exposición real de la pluma. Esta medición permite registrar la velocidad media del viento, la velocidad máxima de las ráfagas y las direcciones imperantes junto a sus cambios repentinos”, detalló.
Otro factor crítico para Orellana es la planificación logística ligada al pronóstico meteorológico de la jornada. “Debe haber una planificación previa de cuándo se van a efectuar los montajes o las maniobras más peligrosas. Esto va de la mano con la programación correcta de la construcción, especialmente porque la grúa permanece montada durante meses —a veces ocho meses o un año— dentro del proceso constructivo”.
Respecto a los estándares nacionales que establece el Instituto Nacional de Normalización (INN), el profesor de la UdeC precisó que Chile adopta especificaciones internacionales. “Acá utilizamos varias normas estadounidenses para el diseño estructural, como la norma OSHA 1926.1435, que es específica para torres, y la OSHA 1926.1417, orientada a la parte operativa”.
Sin embargo, enfatizó que los catálogos del fabricante son mandatorios: “El fabricante diseña la estructura y entrega los cálculos estructurales y los pesos portantes. Tienen mucho que decir porque no todas las grúas son iguales; varían en altura, dimensiones y perfiles estructurales. Por ende, sus protocolos son clave para mitigar riesgos”.
Foto: Archivo (I.V.)
El “Efecto Vela”
En el sector de la construcción existe el concepto del “efecto vela”, gatillado por la acción del viento sobre la estructura. Orellana confirmó la validez de este fenómeno: “Efectivamente, la grúa torre debe quedar en posición de veleta o de giro libre. Se le debe dejar con el freno de giro liberado para permitir que la pluma se oriente naturalmente hacia la dirección del viento. Esa es la clave, ya que esta condición reduce el área frontal expuesta a las cargas del viento y disminuye las solicitudes torsionales de la torre”.
Al ser consultado sobre los mecanismos para fiscalizar el cumplimiento de estos manuales y normativas, el docente explicó que las obras cuentan con sistemas de gestión de calidad internos vinculados a la prevención de riesgos.
No obstante, respecto al rol del Estado, apuntó a los Gobiernos Locales. “Desde el punto de vista de los entes públicos, quienes debiesen estar más cercanos son las Direcciones de Obras Municipales (DOM), debido a su proximidad con los proyectos y su facultad de otorgar los permisos de edificación. Ellos deberían ejercer un rol fiscalizador activo, de forma paralela a las supervisiones que realizan las mutuales de seguridad”.
La respuesta municipal
Desde la Municipalidad de Concepción precisaron que sus competencias en la ejecución de obras en altura se limitan a la concesión de los permisos de edificación. “Respecto de las grúas torre, se presenta un plano de la zona de intervención que recibe el visto bueno de cada administración comunal”, indicaron.
Adicionalmente, el organismo técnico de la comuna aclaró que la operación de grúas torre en edificios de altura está regulada a nivel nacional por el Ministerio del Trabajo, a través del Código del Trabajo y las exigencias del INN. “La normativa exige el cumplimiento de estándares específicos para el montaje, la operación y la certificación de los operadores”, concluyeron.