Ministerio de Economía explica detalles de nuevo reglamento sobre precios de productos
30 de Septiembre 2025 | Publicado por: Edgardo Mora
Supermercados, tiendas de conveniencia y marketplaces están obligados a dar a conocer el precio por unidad de medida junto al valor de venta de los artículos.
El Ministerio de Economía, Fomento y Turismo publicó recientemente en su sitio web que a partir del 11 de septiembre está vigente un nuevo reglamento que obliga a supermercados, tiendas de conveniencia y marketplaces a dar a conocer el precio por unidad de medida junto al valor de venta de los artículos.
Es una normativa ministerial contenida en el Decreto 38 que exige mostrar el precio por unidad de medida junto al valor de venta de los productos, es decir, deberán mostrar el costo de los artículos por kilo, litro o metro según la unidad de medida que corresponda.
Lo que se busca es entregar información completa a los consumidores, con el fin de que puedan tomar decisiones informadas al momento de adquirir un producto en el comercio y dar claridad ante posibles confusiones en segmentos como, por ejemplo, las personas mayores.
En relación con la normativa, la jefa de la División de Competencia y Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, María Fernanda Campos, señaló que “con esta nueva exigencia los consumidores podrán comparar de manera sencilla, por ejemplo, cuánto cuesta realmente un kilo de arroz, un litro de detergente o un metro de papel absorbente, independientemente del formato o el envase en que se ofrezcan”.
Agregó que “esto fortalece la transparencia en el mercado y empodera a las personas para tomar decisiones de compra más informadas, al mismo tiempo que impulsa una competencia más justa entre los comercios”.
De acuerdo con la cartera de Economía la iniciativa fue sometida a consulta pública y fue trabajada por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo en conjunto con el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac). También, la publicación estatal señala que participaron en la elaboración de este reglamento la Cámara de Comercio de Santiago, la Asociación Gremial Supermercados de Chile y asociaciones de consumidores como la Organización de Consumidores y Usuarios (Odecu) y la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus).
En la Región, Javier Sepúlveda, seremi del ramo, explicó detalles del nuevo reglamento. “Desde el 11 de septiembre recién pasado entró en vigencia el Decreto 38 que aprueba un nuevo reglamento sobre información de precios que viene a revolucionar la forma en que compramos productos en Chile. Ahora, todos los vendedores, ya sean en tiendas físicas u online, estarán obligados a mostrar sus precios por unidad de medida junto al precio final del producto, lo que significa que se podrán comparar más fácilmente, por ejemplo, al comprar un detergente de 500 ml a $ 3 mil o el de 1 litro a $ 5 mil, ya que se tendrá el precio por litro claramente visible”, dijo.
Excepciones
Así también, Javier Sepúlveda precisó que “el reglamento cubre productos nacionales y extranjeros que se comercialicen en Chile y aplica a todas las empresas, excepto, las micro porque se les otorga mayor flexibilidad mientras se van adaptando a los cambios. Además, la normativa cubre a todas las unidades de medidas declaradas en los envases o que se vendan en paquetes con unidades idénticas y también regula productos vendidos a granel”.
De acuerdo con la seremi de Economía, existen otras excepciones, como, por ejemplo, los medicamentos, las obras de arte, los productos en cantidades mínimas o productos que se venden en máquinas expendedoras. “Los precios deben ser claros, legibles y estar siempre junto al precio de venta y, en el caso de plataformas digitales, se recomienda incorporar funciones para que se puedan ordenar los productos de acuerdo al precio unitario”, dijo.
Respecto a cómo se fiscalizará el cumplimiento del nuevo reglamento, desde la Seremi de Economía indicaron que será misión del Servicio Nacional del Consumidor, Sernac, “que será el órgano encargado de supervisar el cumplimiento de esta normativa y, las empresas que incumplan serán sancionadas conforme a lo que establece actualmente la ley de protección al consumidor”.
Entre los productos que no estarán obligados a entregar esta información, están los de diferente naturaleza que se vendan en un mismo envase; los que se comercializan en cantidades inferiores a 50 gramos o mililitros; los que son suministrados con ocasión de la prestación de un servicio; aquellos que se vendan en subasta pública; los no envasados que se vendan en porciones, por ejemplo, porciones individuales de helados o pasteles; los que están afectos a normativas sectoriales que son específicas a la información del precio; y los preparados de consumo inmediato ofrecidos en cafeterías o restaurantes presenciales o a través de plataformas de comercio electrónico.
Cabe recordar que si bien en diciembre de 2024, este reglamento había sido publicado, contenía una entrada en vigencia diferida y no existía la obligación de poner en marcha la medida. En tanto ahora la normativa deberá cumplirse de manera obligatoria desde este 11 de septiembre según indicó el Ministerio de Economía.
Asociación de consumidores
Arturo Espinoza Brower, presidente de la Asociación Regional de Consumidores Adultos Mayores del Biobío, Arcam Biobío, afirmó que están muy satisfechos con la nueva normativa, debido a que “últimamente, hemos visto que los grandes proveedores han ido reduciendo el contenido de los envases, pero manteniendo los precios de los envases anteriores, lo que ha producido mucha confusión en los consumidores en general y, en particular, las personas mayores”.
El dirigente regional de los consumidores adultos mayores, a modo de ejemplo, expuso que “al comprar papel higiénico, en que la mayoría de ellos está medido en metros, es posible encontrar, también, medidos en “segmentos” donde no se indican los metros en su envase o paquete. Algo similar ocurre con los envases del azúcar que viene en diferentes medidas como de 1 kilo, 900 gramos o 700 gramos y en el caso del café, por ejemplo, viene en 200 gramos, 170 gramos o 150 gramos”.
“Todo esto induce a confusión por lo que como Arcam Biobío estamos muy de acuerdo con el nuevo reglamento sobre la visibilidad de los precios y unidades de medidas, ya que proyectamos podrá beneficiar enormemente a los consumidores”, concluyó.