Ley de donaciones se actualizará con 20 fines nuevos
03 de Marzo 2022 | Publicado por: Edgardo Mora
Se agregan cuidado del medio ambiente; salud; equidad de género y defensa de los animales entre otros.
Los principales cambios que se introducirán tras la aprobación por parte del Congreso de nuevos beneficios en la futura Ley de Donaciones, tienen que ver con el cuidado del medio ambiente; salud, equidad de género y defensa de los animales entre otros.
Hugo Tapia Krug, abogado socio de Tapia & Cía. afirma que uno de los objetivos más importantes de esta futura ley será que “amplía considerablemente quienes son las personas que pueden donar, considerando dentro de este grupo a empresas como personas naturales afectas a impuestos en Chile, sea que estén domiciliadas en nuestro país o en el extranjero”.
Tapia agrega que otro aspecto importante de esta ley será que “los beneficios tributarios que se otorgan a quienes realicen la donación serán exactamente iguales independiente de quien reciba la donación, a diferencia de lo que ocurre con las leyes vigentes donde hay beneficios distintos dependiendo de quien reciba la donación y cuál es la ley que le es aplicable”.
¿Qué faltó?
A juicio de Carlos Fernández, abogado constitucionalista de la Pontificia Universidad Católica de Chile, la normativa “debería promover con mayor robustez ciertas iniciativas tecnológicas y científicas a través de la incorporación con exenciones tributarias, dentro de las cuales se incluyen las donaciones”.
En ese sentido, Fernández señala que sería valorable la incorporación de otros beneficios tributarios (cómo la consideración de un gasto deducible) a iniciativas de desarrollo, promoción y generación de nuevo conocimiento, sobretodo si es relacionado a la actividad mercantil de la empresa y si es puesto a disposición de la sociedad.
Detalles Tributarios
Cristian Maldonado, asesor tributario detalla que existen 20 fines incorporados a la ley para las donaciones, de las cuales 17 son relativamente nuevos en la ley, entre ellas las ciencias, la cultura, el deporte, el medio ambiente, el culto, equidad de género, derechos humanos, protección infantil y familiar, pueblos indígenas, de migrantes, diversidad, democracia, cooperación, ayuda humanitaria, animales y cualquier otro propósito de interés general.
A la vez, Maldonado dice que la donación tiene limitaciones de los miembros del directorio de las donatarias, en caso de empresas aplica a directores, socios o accionistas con más del 10%, y cónyuges, convivientes civiles y ascendientes o descendientes hasta el segundo grado.
Respecto a los topes de empresa, el asesor tributario indica que son el menor entre 20.000 UTM, el 5% de la base imponible, el 4,8% del capital propio tributario o el 1,6 por mil del capital efectivo, aplican aún en caso de pérdida y los excesos no son gasto ni gasto rechazado; los otros, el menor entre 10.000 UTM, el 5% de la base imponible.