Ley Valentín ya rige: conoce los cambios en la administración de edificios y condominios

23 de Septiembre 2026 | Publicado por: Equipo Digital
Fotografía: Contexto | Cedida

Este 23 de septiembre se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.842, más conocida como Ley Valentín, la cual implica cambios concretos a la Ley de Copropiedad.

La norma tiene el objetivo de prevenir las caídas accidentales desde edificios en altura, sobre todo de niños y niñas. Es conocida como “Ley Valentín“, en memoria del niño de 5 años que perdió la vida tras caer desde el piso 13 de un edificio en San Pedro de la Paz, en la Región del Biobío, durante 2025.

Los principales cambios que trae la Ley Valentín


  • El Reglamento de Copropiedad no podrá prohibir a los residentes (propietarios, arrendatarios u ocupantes) la instalación de sistemas de seguridad adicionales, permanentes y resistentes, tales como mallas de alta resistencia o bloqueadores de ventanas.

  • No obstante, las administraciones sí podrán fijar estándares mínimos de calidad, instalación y mantención para conservar la homogeneidad visual y estructural del edificio.
  • El residente de una unidad ubicada sobre el primer piso, donde habiten niños o niñas de hasta 12 años de edad, o bien personas con necesidades especiales que presenten mayor riesgo de accidentes, tendrá la obligación de implementar medidas de seguridad idóneas para prevenir caídas en sectores de riesgo como balcones y ventanas.

Según la ley, la obligación será exigible 24 meses después de la publicación de la norma, es decir, a partir de septiembre de 2028.