Por su “mayor intensidad” en fatal golpiza: confirman prisión preventiva para imputado por crimen de Año Nuevo en Talcahuano
14 de Septiembre 2026 | Publicado por: Equipo Digital
La Corte desestimó los argumentos de la apelación, destacando la alta pena que arriesga y que su participación en el asesinato, ocurrido el 1 de enero, fue de "mayor intensidad" respecto a los demás coimputados.
Este lunes 14 de septiembre, la Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso presentado por la defensa y confirmó la medida cautelar de prisión preventiva para el imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de homicidio calificado, ilícito perpetrado contra Cristóbal Miranda durante la madrugada del 1 de enero pasado en la comuna de Talcahuano.
El caso generó conmoción a nivel nacional. Tanto así, que durante la primera semana de agosto se realizó el lanzamiento de la Fundación Cristóbal Miranda Olivares, joven fallecido a los 20 años en medio de una golpiza donde la Fiscalía apunta a la responsabilidad de otros jóvenes en medio de una fiesta de Año Nuevo, al interior de un centro de eventos de Talcahuano.
En relación al fallo, este fue unánime. Así, la Quinta Sala del tribunal de alzada ratificó la resolución dictada previamente por el Juzgado de Garantía de la comuna puerto, argumentando que no han variado las circunstancias que fundamentaron originalmente la privación de libertad.
En su resolución, los magistrados destacaron la gravedad del ilícito, el cual tiene asignada una pena teórica que va desde el presidio mayor en su grado máximo hasta el presidio perpetuo.
Asimismo, el tribunal tomó en consideración la forma en que ocurrieron los hechos y la agravante de que los atacantes habrían obrado en grupo o pandilla.
Archivo | Diario Concepción
Durante los alegatos, la defensa intentó revertir la medida argumentando una nueva declaración del imputado y señalando que existen otros involucrados en la causa que se encuentran con medidas cautelares de menor intensidad.
Sin embargo, la Corte desestimó estos puntos, respaldando lo expuesto por el fiscal, quien aclaró que la intervención del imputado en el ataque a la víctima fue de “mayor intensidad” que la del resto del grupo.
De esta manera, la Quinta Sala concluyó que la nueva declaración no aporta antecedentes suficientes para atenuar la cautelar y que la prisión preventiva sigue siendo la única medida idónea, proporcional y razonable para garantizar la seguridad de la sociedad.
Revisa el fallo completo de la Corte de Apelaciones en el siguiente enlace.