Fortalecen protección a víctimas de violencia de género con proyecto de ley “Cautelares Reforzadas”
26 de Agosto 2026 | Publicado por: Equipo Digital
La iniciativa legal busca corregir vacíos de protección entre tribunales, sancionar el acoso digital y otorgar mayores facultades de fiscalización a la seguridad municipal.
Este miércoles 26 de agosto, autoridades del Ejecutivo anunciaron el ingreso a la Cámara de Diputadas y Diputados del proyecto de ley “Cautelares Reforzadas”. La iniciativa busca fortalecer la protección de las víctimas de violencia intrafamiliar y violencia contra las mujeres, mediante mecanismos que aseguren continuidad en el resguardo, amplíen las herramientas frente a nuevas formas de agresión y refuercen la supervisión de las resoluciones judiciales.
La propuesta legislativa introduce modificaciones a diversos cuerpos legales, entre ellos la Ley Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y la Ley sobre Violencia Intrafamiliar, la cual crea los Tribunales de Familia.
Durante la presentación de la propuesta, la ministra de la Mujer, Judith Marín, destacó que “este proyecto de ley propone establecer mayores consecuencias para quienes incumplan las medidas cautelares o mal utilicen y destruyan un dispositivo de monitoreo telemático. Además, amplía las facultades de seguridad municipal para colaborar en la fiscalización de estas resoluciones”.
Por su parte, el ministro de Justicia, Fernando Rabat, abordó la incorporación de nuevos tipos de agresión en la legislación, señalando que “la iniciativa también se hace cargo de una realidad que lamentablemente está cada vez más presente, que es la agresión digital. Debemos ponerle coto, incorporando una nueva medida cautelar para proteger a aquellas mujeres que son víctimas de este tipo de agresiones, que tienen consecuencias psicológicas y que, en algunos casos, pueden derivar también en violencia física”.
Cinco ejes centrales para el resguardo y la fiscalización
El proyecto de ley “Cautelares Reforzadas” contempla modificaciones estructurales organizadas en los siguientes aspectos principales:
La primera modificación se crea para evitar vacíos en el resguardo cuando una causa pase de un tribunal de familia a un juzgado de garantía por la tipificación de un delito. Se establecen reglas estrictas que mantienen la supervisión judicial durante los conflictos de competencia y se mandata la creación de un protocolo de coordinación entre la justicia familiar y penal.
En la segunda, se crea una nueva medida cautelar que prohíbe el acoso, amenazas y mensajes hacia la víctima, sus hijos o hijas a través de plataformas o redes sociales, reconociendo el impacto psicológico y el riesgo de derivación en agresión física.
La tercera medida busca ampliar las facultades de los inspectores de seguridad municipal para colaborar en la fiscalización en terreno y el monitoreo telemático de las medidas cautelares. Para eso, se elimina el requisito de formalización para acceder al sistema y se establecen consecuencias cuando una persona arranca o inutiliza intencionalmente el dispositivo. Además, obliga a informar a Gendarmería sobre las resoluciones relacionadas con esta herramienta.
La cuarta modifica el Código Procesal Penal para que la judicatura evalúe las circunstancias y la entidad de los incumplimientos de medidas de protección previa (como prohibición de acercamiento) al decidir la dictación de prisión preventiva, analizando la situación caso a caso.
Finalmente, en los tribunales integrados por más de tres jueces de garantía, se podrá designar a uno de ellos para conocer preferentemente las causas de VIF, buscando favorecer la especialización y darle mayor celeridad al seguimiento del proceso judicial.