Tribunal sanciona con multa de $69 mil a abogado por citar jurisprudencia inexistente
04 de Febrero 2026 | Publicado por: Equipo Digital
El Segundo Juzgado Civil de Concepción sancionó a un abogado que, en el marco de una demanda de perjuicios por responsabilidad extracontractual, citó jurisprudencia inexistente en sus escritos judiciales. Así lo informó el portal de noticias del Poder Judicial de Chile.
La resolución, emitida este pasado 3 de febrero, determinó la aplicación de una multa equivalente a una Unidad Tributaria Mensual (UTM), al estimar que la actuación vulneró el principio de la buena fe procesal y la ética profesional.
Vale mencionar que, según la página oficial del Servicio de Impuestos Internos (SII), una UTM corresponde a un poco menos de $70 mil; $69.611 para ser precisos.
En su fallo, el tribunal recordó que “la jurisprudencia corresponde a la interpretación del derecho efectuada por los tribunales superiores de justicia a través de sus sentencias, constituyendo una fuente material que contribuye a la coherencia en las decisiones judiciales”, agregando que este estándar busca asegurar que “los casos semejantes, tanto en hechos como en derecho, sean resueltos de manera similar”.
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— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) February 3, 2026
La resolución agrega “que, en tal sentido, teniendo presente lo expuesto anteriormente, es claro que la parte demandante ha realizado una aplicación abusiva del derecho, toda vez que ha ejercido en forma contraria a la ética profesional, argumentando a través de datos inexistentes para inducir al juez a decidir, de una forma contraria a la correcta administración de justicia”
Asimismo, el tribunal enfatizó que la doctrina nacional reconoce como deberes esenciales “el de obrar de buena fe y el de la colaboración de las partes en el proceso”, cuyo objetivo final es “alcanzar un resultado justo y útil a través de la jurisdicción”. En esa línea, se precisó que este principio exige “una conducta procesal acorde a la probidad” y faculta a los tribunales a sancionar “las actuaciones abusivas de quienes traicionan la búsqueda del éxito del proceso civil para que cause justicia”.
El fallo también citó el marco normativo vigente, indicando que, aunque no existe una norma general para toda inconducta procesal, sí existen directrices como las establecidas en la Ley 20.886, que permiten sancionar actuaciones contrarias a la buena fe.
En ese contexto, se concluyó que la citación de jurisprudencia inexistente constituye “un comportamiento desleal, una infracción al deber de colaboración y a la conducta procesal exigida a las partes”.
IA
Según lo informado por The Clinic, el abogado en cuestión, previo a la sanción, alegó que “en la preparación de dicho escrito, se utilizaron herramientas de asistencia digital basadas en modelos de lenguaje de última generación (Inteligencia Artificial) con las cuales cuenta nuestro Estudio Jurídico, para dar mejor manejo a la gran cantidad de causas con las que contamos actualmente, de manera de poder ser más eficientes en la defensa de los derechos de nuestros clientes”, indicó el citado medio.