Nueva Ley de Adopción: Reforma prioriza reducir la institucionalización infantil

04 de Agosto 2025 | Publicado por: Diario Concepción
Fotografía: Gobierno de Chile

Pondría fin a la prolongada espera de hogares de acogida y reforzaría judicialmente el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.

Por Hugo Ramos Lagos

Tras doce años de tramitación y una serie de indicaciones impulsadas durante el actual gobierno, el Presidente Gabriel Boric promulgó la nueva Ley de Adopción. La norma busca modernizar un sistema que durante años mantuvo barreras que dificultaban que muchos niños y niñas hallaran un hogar definitivo. Con esta ley, se pone en el centro el interés superior del menor y se elimina la discriminación que limitaba quién podía ser adoptante.

Además de agilizar los procesos y reducir la institucionalización prolongada, la ley amplía el espectro de familias aptas para adoptar. Matrimonios, personas solteras y parejas con unión civil tendrán las mismas oportunidades, mientras que las familias de acogida que han cuidado a un niño por al menos 18 meses podrán solicitar formalmente su adopción. La normativa también protege el derecho de los niños a conocer su identidad biológica y endurece las sanciones contra adopciones ilegales.


En adición, trae consigo modificaciones fundamentales para mejorar el proceso y proteger los derechos de la niñez. En primer lugar, elimina la preferencia por estado civil o tipo de familia, nivelando las oportunidades para matrimonios, personas solteras y parejas con acuerdo de unión civil. El foco es siempre el bienestar del menor y no otros criterios que anteriormente excluían a los postulantes.

Por otro lado, los tribunales deberán evaluar la posibilidad de reunificación con la familia biológica en un plazo máximo de 12 meses. Este límite busca evitar que los niños permanezcan por tiempo indefinido en hogares temporales o instituciones, acelerando las decisiones que les permitan crecer en un entorno estable.


La ley también garantiza que los niños adoptados tengan acceso a información sobre su identidad biológica, reconociendo la importancia de conocer sus orígenes para su desarrollo emocional. En paralelo, abre la puerta para que las familias de acogida, que han cuidado a un menor por un periodo prolongado, puedan solicitar su adopción formal, validando el vínculo afectivo creado.

Finalmente, se endurecen las penas para quienes participen en adopciones ilegales, reforzando la protección y los derechos de los niños y niñas, y asegurando que el proceso se realice dentro de los márgenes legales establecidos.


Evitar la institucionalización

Según declaró el seremi de Desarrollo Social del Biobío, Hedson Díaz, uno de los cambios más importantes que introduce la nueva ley es que ahora todo el proceso judicial se concentra en un único procedimiento de protección.


“Antes un niño podía estar sujeto a varios trámites, lo que alargaba mucho los tiempos”. “Hoy se busca que haya una sola ruta, que parta con la intervención del tribunal y que considere la revinculación familiar como primera opción (…) y si eso no resulta, la adopción pasa a ser el camino”, indicó.

Con este rediseño, el objetivo es claro: reducir la cantidad de tiempo que los niños pasan institucionalizados y entregar mayor certeza sobre su futuro. “Esto debería traducirse en mayor protección para los niños, niñas y adolescentes, y en decisiones más rápidas respecto de su cuidado personal y filiación”, añadió. La idea es que el sistema pueda despejar con mayor anticipación si la familia de origen podrá restituir los derechos del menor o si es necesario buscarle una nueva familia.


El seremi también precisó que la evaluación de los adoptantes sigue siendo exigente, pero más centrada en su idoneidad que en su estructura familiar. “Quienes postulan deben acreditar que están en condiciones físicas, psicológicas y morales de ejercer la paternidad adoptiva”. “Esto lo revisa Mejor Niñez o un organismo acreditado.

“Lo importante ya no es si están casados, son solteros o tienen un determinado modelo familiar, sino que puedan restituir derechos”, explicó.


En paralelo, aunque los requisitos son estrictos —entre ellos, tener de 25 a 60 años y, como mínimo, ser mayor de 20 años respecto al adoptado—, la ley contempla excepciones en casos fundados, como la adopción por parte de ascendientes consanguíneos.

El proceso parte con la solicitud ante Mejor Niñez, y tras una evaluación profunda, las personas son inscritas en una nómina de adoptantes idóneos. Luego comienza el llamado ‘match’, que es cuando se busca un niño, niña o adolescente que se ajuste a las características y capacidades de esa familia. Todo el procedimiento, incluido el acompañamiento posterior, sigue siendo responsabilidad de Mejor Niñez.


Del mismo modo, y adentrándose en la legalidad, Díaz sostuvo que “el tribunal ya no puede decidir pensando en el interés de los adultos que quieren adoptar, pues ahora lo central es qué familia sea la más adecuada para restituir derechos a ese niño”. “Y también se toma en cuenta la opinión del menor”, enfatizó.

Sobre la posibilidad de que el niño adoptado mantenga contacto con su familia de origen, el seremi aclaró que esto será excepcional y solo si responde al bienestar del menor. También afirmó que el Programa Orígenes del SPE seguirá operando como hasta ahora, permitiendo que los niños puedan conocer su historia incluso antes de cumplir 18 años, siempre que las condiciones lo permitan.


“El derecho a conocer el origen está vigente y se garantiza, pero siempre cuidando el bienestar del niño o niña”, puntualizó.

Visión jurídica


En diálogo con Diario Concepción, el abogado Francisco Vera explicó que hasta ahora el foco estaba puesto en los adoptantes, mientras que la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes no contaba con mecanismos tan definidos. Con esto último, el principio de escuchar al niño adquiere un rol central.

“El derecho del niño a ser oído ya existe en causas de familia, pero ahora queda expresamente incorporado en el proceso de adopción”, señaló el abogado, quien valoró que la nueva ley avance hacia una estructura más alineada con la Convención sobre los Derechos del Niño.


En paralelo, otro elemento relevante es el plazo de 12 meses para intentar la revinculación familiar antes de declarar la adoptabilidad. Según el abogado, “ese tiempo busca evitar que los niños queden estancados en situaciones provisorias sin certeza jurídica”.

A su vez, Vera aseguró que la eliminación de la prelación legal a favor de los matrimonios representa un cambio estructural, pues de una vez por todas “se democratiza el acceso a la adopción (…) pues ya no se trata de un derecho de los adultos a ser padres, sino del derecho del niño a tener una familia”, concluyó.


Finalmente —y más allá de los avances legales—, Vera advirtió que el éxito de esta reforma dependerá en gran medida de su implementación práctica. “La ley instala un estándar exigente, pero eso requiere recursos, equipos técnicos formados, jueces capacitados y seguimiento institucional real”, comentó. A su juicio, si no se refuerza la estructura del sistema de protección, las buenas intenciones podrían diluirse ante la saturación habitual de los tribunales de familia.